Programa de promocion de la integracion laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria y del Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S32873/13Norma:
ORDEN de 19 de agosto de 2013.Plazo de Solicitud:
Consultar según tipo de actuación.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover la integración laboral de las personas con discapacidad en las empresas ordinarias con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria, para el año 2013, de las subvenciones establecidas por la Consellería de Trabajo y Bienestar para la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria.Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según tipo de programa y actuación.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Los empleadores y las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos autónomos/as,sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten a trabajadores y trabajadoras con discapacidad para prestar servicios en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en este anexo.
b) Los trabajadores y trabajadoras con discapacidad inscritos/as en los servicios públicos de Empleo como demandantes de empleo no ocupados/as, así como trabajadores y trabajadoras con
discapacidad contratados/as por centros especiales de empleo, siempre que, en ambos casos, se encuentren en alguno de los supuestos que se describen a continuación:
a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con
discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %.
b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 %.
c) Personas sordas y con discapacidad auditiva, con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Programa de fomento de la contratación de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria (anexo A).b) Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo (anexo B).
Requisitos:
No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las administraciones públicas, las sociedadespúblicas, las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas, ni los centros especiales de empleo.
Documentos asociados
Boletín:
26/08/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 161
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 161
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento