Programa de las iniciativas emprendedoras y de empleo (I+E+E), cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2009.

Código de ayuda:

S03337/09

Norma:

Orden de 30 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2009 del programa de fomento de las iniciativas emprendedoras y de empleo, con la finalidad de generar empleo estable, principalmente de jóvenes y mujeres, apoyando y dinamizando el desarrollo de nuevas iniciativas empresariales, en la Comunidad Autónoma de Galicia, promovidas por personas desempleadas con especial atención a los municipios del rural gallego, y aquellas promovidas y/o que generen empleo para demandantes procedentes de empresas de sectores de actividad en reestructuración.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención, que se podrá solicitar una sola vez, será de hasta el 75 por 100 de los costes de los servicios recibidos con un límite máximo de 12.000 euros por el conjunto de las modalidades de asistencia técnica previstas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas cualquiera que sea la forma jurídica que adopten.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvención a la generación de empleo estable.

b) Subvención financiera.

c) Subvención para asistencia técnica.

d) Subvención para el inicio de la actividad.

e) Subvención para la conciliación de la vida profesional y personal de los/las promotores/as.

Requisitos:

a) Que sean empresas de nueva creación.

b) Que sean viables técnica, económica y financieramente.

c) Que generen empleo estable para personas desempleadas.

d) Que tengan su domicilio social, fiscal y su centro de trabajo en un municipio de Galicia.

e) Que sean promovidas, como máximo, por cinco personas y que entre los/as socios/as promotores/as no
figure ninguna persona jurídica.

f) Que la empresa tenga un capital social máximo de 120.202 euros.

g) Que, como mínimo, el 50 por ciento de su capital social sea de titularidad de los promotores y de las promotoras que sean personas desempleadas que creen su propio puesto de trabajo en la empresa.

Documentos asociados

Boletín: 16/01/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 11
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento