Programa de insercion laboral, en colaboracion con organismos publicos y entidades sin animo de lucro, en el ambito de la Comunidad Autonoma de Extremadura - Convocatoria 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S36255/08

Norma:

DECRETO 90/2008, de 9 de mayo. ORDEN de 30 de diciembre de 2008. ORDEN de 28 de diciembre de 2009. DECRETO 153/2010, de 2 de julio. DECRETO 229/2010, de 29 de diciembre. DECRETO 203/2011, de 5 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/03/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones públicas por el Servicio Extremeño Público de Empleo, en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos autónomos y entes públicos, Universidades y entidades sin ánimo de lucro que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Igualdad y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención a percibir por las entidades beneficiarias será igual al resultado de multiplicar el número de los trabajadores desempleados contratados por el número de meses de duración del contrato y por el importe del módulo que le corresponda en función del grupo de cotización a la Seguridad Social del trabajador contratado, conforme a lo establecido en el apartado 3 de este artículo, todo ello con independencia de la retribución que finalmente perciba el trabajador.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades que cumplan los requisitos y que se obliguen a la contratación de trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y, en su caso, estar debidamente inscritas en el correspondiente registro público.

b) Tener sede, entendiendo por tal disponer de oficina o delegación permanente, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

c) Gozar de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución de la correspondiente obra y servicio.

d) No hallarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que se señalan en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 16/05/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 94
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/01/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 8
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/01/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 19
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/07/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 131
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 05/01/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 3
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 08/08/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 152
Documento: Modificación Descargar Documento