Programa de incentivos a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnologica (IEBT), cofinanciado por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S20164/13

Norma:

ORDEN de 29 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 30 de septiembre de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Impulsar la creación de nuevas iniciativas empresariales de base tecnológica en la Comunidad Autónoma de Galicia, esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a su convocatoria para el año 2013 del programa de incentivos a las empresas previamente calificadas e inscritas como iniciativas de empleo de base tecnológica.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Los puestos de trabajo estables de carácter indefinido, incluidos los de los propios promotores y promotoras, creados en un centro de trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia antes de transcurrir un año desde la fecha de inicio de la actividad, y que sean ocupados por personas desempleadas, se incentivará cada uno de ellos con una subvención de:

a) 4.000 euros si son hombres desempleados.

b) 5.000 euros si son mujeres desempleadas.

c) 5.000 euros si son jóvenes desempleados.

d) 5.600 euros si son jóvenes desempleadas.

e) 6.000 euros si son titulados universitarios desempleados.

f) 6.600 euros si son tituladas universitarias desempleadas.

g) 7.000 euros si son personas desempleadas que posean el título de doctor o doctora.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas, incluidas las personas autónomas, que se constituyan e inicien su actividad en un plazo no superior a un año desde que el proyecto empresarial fue calificado como IEBT siempre que se cumplan los requisitos y condiciones establecidos en esta orden para cada tipo de ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvención a la creación directa de empleo estable.

b) Subvención para la contratación de personal técnico de alta cualificación.

c) Apoyo a la función gerencial.

d) Subvención financiera.

e) Ayuda para el inicio y puesta en marcha de la actividad.

Requisitos:

La plantilla en el mes en que se proceda a la primera contratación por cuenta ajena deberá estar constituida, como mínimo, en un 25 por ciento por personas con titulación universitaria.

Documentos asociados

Boletín: 06/06/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento