Programa de formas innovadoras para la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario.

Código de ayuda:

S23382/25

Norma:

Orden de la Presidenta del Servicio Regional de Empleo y Formación. Resolución de 19 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la resolución es aprobar, por el sistema de tramitación anticipada, la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del “Programa Conexión Empleo Joven”, de ayudas la contratación de personas jóvenes tituladas de la Región de Murcia, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo Plus.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios de estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro, con centro de trabajo y actividad en la Región de Murcia cuyo objeto social esté directamente relacionado con la actividad específica a desarrollar:

a. En el caso del subprograma de “empleo con apoyo”: de atención a personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental, con discapacidad intelectual, con trastorno del espectro del autismo y sensorial.

b. En el caso del subprograma “gabinetes de orientación e inserción laboral”: de atención a personas con discapacidad física y/u orgánica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El programa de acompañamiento para la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario regulado en esta orden se desarrollará bajo dos subprogramas:

a. Empleo con Apoyo (en adelante ECA).
b. Gabinetes de Orientación e inserción Laboral (en adelante GOIL).

Requisitos:

– Tener suscrito un “Convenio de colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación en materia de empleo”, o

– Haber obtenido la autorización como agencia de colocación por los Servicios Públicos de Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación.

Documentos asociados

Boletín: 23/07/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 168
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/12/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 297
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 26/12/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 297
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento