Programa de fomento y consolidación del empleo en las pequeñas empresas de nueva creación.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S23064/17

Norma:

ORDEN de 10 de mayo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de julio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Generar empleo estable para las personas desempleadas, principalmente entre las mujeres; las personas con discapacidad y en riesgo de exclusión social y las unidades familiares con todos sus miembros en situación de desempleo, apoyando y dinamizando el desarrollo de nuevas iniciativas empresariales en la Comunidad Autónoma de Galicia, con especial atención a los ayuntamientos del rural gallego.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima posible por puesto de trabajo, de aplicarse todos los incrementos, sería de 8.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, excepto las personas físicas, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas y sociedades laborales, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta orden para cada tipo de ayuda y en las cuales concurran, en la fecha de su inicio de actividad las siguientes circunstancias:

a) Que sean empresas de nueva creación.

b) Que sean viables técnica, económica e financieramente.

c) Que generen empleo estable para personas desempleadas.

d) Que tengan su domicilio social, fiscal y su centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.

e) Que sean promovidas, como máximo, por cinco personas y que entre los socios o las socias promotoras no figure ninguna persona jurídica.

f) Que la empresa tenga un capital social máximo de 120.202 euros.

2. Las empresas privadas que obtuviesen la cualificación como iniciativa local de empleo (ILE).

3. Las personas promotoras para la ayuda para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas promotoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvención a la generación de empleo estable.

b) Subvención para la formación.

c) Subvención para el inicio de la actividad.

d) Subvención para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas promotoras.

Documentos asociados

Boletín: 23/05/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 97
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/05/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 97
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 07/06/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento