Programa de fomento de empleo para la contratación de personas desempleadas pertenecientes a colectivos desfavorecidos.

Código de ayuda:

S45419/21

Norma:

ORDEN 6/2019, de 24 de abril. RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2021. Resolución de 7 de junio de 2022. RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de septiembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, la contratación a jornada completa, durante al menos veinticuatro meses,
de las personas desempleadas pertenecientes a los colectivos desfavorecidos.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

LABORA - Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 1.000.000 euros.

2. El importe de la subvención ascenderá a:

a) En el caso de personas desfavorecidas: 6.804 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 7.560 euros.

b) En el caso de personas muy desfavorecidas: 13.608 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 15.120 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las empresas de naturaleza jurídica privada, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Resultará objeto de subvención la contratación ininterrumpida durante al menos veinticuatro meses (mediante uno o varios contratos), a jornada completa, de las personas desempleadas a que hace referencia el resuelvo cuarto. En el caso de las personas con diversidad funcional severa, resultarán subvencionables las contrataciones que, con independencia del porcentaje que represente sobre la jornada habitual, tengan
una jornada de al menos 15 horas semanales.

Documentos asociados

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