Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pymes y grandes empresas del sector.

Código de ayuda:

S29973/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2023. ORDEN de 30 de julio de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio de 2024, o, en su caso, cuando se agote el presupuesto disponible.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden convocar las ayudas establecidas por el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYMEs y grandes empresas del sector industrial, dirigido a estimular e incentivar la realización de actuaciones que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de economía, Hacienda y Empresa. (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Para cada tipo de actuación, según los criterios de la base 3, podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en este programa, siempre que tengan residencia fiscal en España y que la actuación objeto de ayuda esté ubicada en la Comunidad Autónoma de Euskadi, las siguientes empresas:

a) Las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los siguientes:

07 – Extracción de minerales metálicos.

08 – Otras industrias extractivas.

09 – Actividades de apoyo a la industria extractiva.

10 – Industria de la alimentación.

11 – Fabricación de bebidas.

13 – Industria textil.

14 – Confección de prendas de vestir.

15 – Industria del cuero y del calzado.

16 – Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.

17 – Industria del papel.

18 – Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.

19 – Coquerías y refino de petróleo.

20 – Industria química.

21 – Fabricación de productos farmacéuticos.

22 – Fabricación de productos de caucho y plásticos.

23 – Fabricación de otros productos minerales no metálicos.

24 – Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.

25 – Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.

26 – Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.

27 – Fabricación de material y equipo eléctrico.

28 – Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.

29 – Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.

30 – Fabricación de otro material de transporte.

31 – Fabricación de muebles.

32 – Otras industrias manufactureras.

33 – Reparación e instalación de maquinaria y equipo.

35 – Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.

36 – Captación, depuración y distribución de agua.

37 – Recogida y tratamiento de aguas residuales.

38 – Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.

39 – Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

b) Las empresas de servicios energéticos, entendiendo como tal la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios. Estas empresas deberán estar reglamentariamente inscritas como proveedoras de servicios energéticos (listado disponible en www.idae.es) y actuar en función de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas que se indican en el apartado a), repercutiendo en todo caso la ayuda prevista en este programa a la empresa donde se ejecute el proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 13/08/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 152
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/06/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 124
Documento: Ampliación plazo Descargar Documento