Programa de ayudas económicas individuales para personas residentes en el exterior para el año 2020.

Código de ayuda:

S64937/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2019. RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de febrero de 2020. Argentina, Uruguay y Venezuela: Hasta el 19 de febrero de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta resolución es establecer un programa de ayudas económicas individuales y de carácter extraordinario, no periódico y social, para el año 2020, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigido a las personas emigrantes de nacionalidad española y de origen gallego, y a determinados familiares, residentes en los países del extranjero establecidos en el artículo 3.2, que se encuentren en situación de precariedad económica.

Están destinadas a cubrir las necesidades básicas de subsistencia y atención sociosanitaria.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda para las personas beneficiarias de países que tengan firmados convenios en materia de seguridad social con el Estado español estará limitada con una cuota inferior a 350 € y una cuota superior a 850 €. No obstante, si el número de solicitudes admitidas es tal que la cuantía individual por ayuda resulta inferior a 350 €, se denegarían aquellas solicitudes correspondientes a las personas de menor edad hasta conseguir el dicho mínimo de 350 €.

Para las personas beneficiarias de los países que no tengan firmados convenios en materia de seguridad social con el Estado español, la cuantía de la ayuda estará limitada con una cuota inferior a 150 € y una cuota superior a 350 €. No obstante, si el número de solicitudes admitidas es tal que la cuantía individual por ayuda resulta inferior a 150 €, se denegarían aquellas solicitudes correspondientes a las personas de menor edad que solicitaran la ayuda por el supuesto del artículo 4 (ayudas por encontrarse la unidad familiar en situación de precariedad), hasta conseguir el dicho mínimo de 150 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. Las personas emigrantes gallegas y sus hijos/as con dieciocho (18) años cumplidos que posean la condición de personas gallegas residentes en el exterior, de acuerdo con lo establecido en el párrafo siguiente de este punto, y que lo acrediten según lo establecido en el artículo 14.

A los efectos de la presente convocatoria, tendrán la condición de personas gallegas residentes en el exterior aquellas personas emigrantes que nacieran en Galicia o bien acrediten haber residido en Galicia de forma continuada durante diez años con nacionalidad española, así como también sus hijos/as con dieciocho (18) años cumplidos que tengan nacionalidad española y que se encuentren vinculados/as a cualquier ayuntamiento gallego en el censo electoral de residentes en el exterior.

2. Los/las nietos/as de personas emigrantes gallegas, con dieciocho (18) años cumplidos, que tengan la condición de personas gallegas residentes en el exterior, con nacionalidad española, que se encuentren vinculados/as a cualquier ayuntamiento gallego en el censo electoral de residentes en el exterior y que acrediten un año de residencia continuada en Galicia.

3. En el caso de fallecimiento de las personas indicadas en los números 1 y 2, podrán ser, por una vez, personas beneficiarias de las ayudas previstas en el artículo 5 su cónyuge viudo/a o pareja de hecho o relación análoga o los/las hijos/as de la persona fallecida, siempre y cuando no transcurrieran más de quince meses desde la muerte y la persona fallecida hubiera sido beneficiaria en alguna de las dos últimas convocatorias de este programa.

4. Los/las hijos/as y nietos/as de personas emigrantes gallegas deberán tener la nacionalidad española, al menos con un año de antigüedad, en la fecha de final del plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 242
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/12/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 242
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 04/02/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 23
Documento: Ampliación plazo solicitud: Argentina, Uruguay y Venezuela Descargar Documento
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