Programa de ayudas a inversiones en transporte y movilidad eficiente – Año 2020.

Código de ayuda:

S03628/20

Norma:

RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2020. RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2020. RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2020. RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de octubre de 2021 o hasta el agotamiento del presupuesto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, de conformidad con los objetivos de la Política Energética del Gobierno Vasco, materializados en el documento Estrategia Energética de Euskadi 2030 (3E2030), tiene como misión contribuir, mediante el necesario impulso público, a aumentar la eficiencia en el consumo de energía y, con ello, a la consecución de un sistema energético más competitivo, sostenible y seguro, al disminuir el impacto ambiental, requerir menos energía para el consumo o la producción y reducir la dependencia de recursos energéticos externos.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ente Vasco de la Energía (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Todas aquellas personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, y comunidades de propietarios que lleven a cabo actuaciones de las descritas en la base 4.ª y residan o tengan su domicilio social y fiscal en la CAPV.

En el supuesto de Comunidades de Propietarios, tratándose de entidades que carecen de personalidad jurídica pero que están en disposición de llevar a cabo proyectos objeto de ayuda bajo este programa de ayudas, éstas deberán cumplir con las obligaciones que les vienen impuestas en tanto en la LGS (artículos: 11.3 y 13.2) así como en el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (en adelante «Decreto Legislativo 1/1997»).

b) Todas aquellas personas jurídicas que, no teniendo su domicilio social y fiscal en la CAPV, (i) desarrollen su actividad, (ii) cuenten con una sede y (iii) mantengan parte de su plantilla en esta
Comunidad Autónoma; todo ello, desde al menos los dos años anteriores a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria de ayudas en el Boletín Oficial del País Vasco (en adelante «BOPV»).

c) Todas aquellas personas jurídicas que, no teniendo su domicilio social y fiscal en la CAPV, y no cumpliendo las condiciones descritas en el párrafo b) anterior, ejecuten una inversión subvencionable conforme a lo descrito en la Medida 2 de la base 4.ª, siempre que la citada inversión tenga su efecto sobre el consumo de energía o la reducción de la dependencia del petróleo dentro del territorio de la CAPV.

d) Los Ayuntamientos, Mancomunidades de Ayuntamientos, Cuadrillas y Juntas Administrativas de la CAPV, que lleven a cabo en el territorio de la CAPV actuaciones de las previstas en la base 4.ª de este programa de ayudas.

e) Sociedades mercantiles, cuya titularidad sea íntegramente de uno o varios Ayuntamientos de la CAPV y su objeto social posibilite que lleven a cabo, en el territorio de la CAPV, actuaciones de las previstas en la base 4.ª de este programa de ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 29/01/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 19
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/03/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 46
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 10/12/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 246
Documento: Ampliación plazo solicitud Descargar Documento
Boletín: 04/03/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 46
Documento: Ampliación plazo solicitud Descargar Documento