Programa de ayudas IDAE a proyectos estratégicos de inversión en ahorro y eficiencia energética dentro del Plan de Acción 2008- 2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4).

Código de ayuda:

S15055/10

Norma:

Resolucion de 23 de febrero de 2010. Real Decreto 661/2007 de 25 de mayo.

Plazo de Solicitud:

El plazo para la presentación de solicitudes concluirá a los tres meses contados desde la fecha de inicio del programa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incentivar la realización de proyectos y actuaciones estratégicas, sectoriales y singulares innovadoras que favorezcan el ahorro y la mejora de la eficiencia energética y que puedan afectar en su ámbito de actuación, en general, a 3 o más comunidades autónomas, todo ello en el marco del Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4). En el Programa de ayudas,
y dada la naturaleza y procedencia de los fondos de que se dota esta convocatoria, consignados en favor del Plan de Acción (2008-2012) y que, como tal, deben aplicarse a proyectos que respondan a la tipología recogida en dicho Plan, no se incluirán aquellos proyectos y actuaciones que supongan el aprovechamiento de fuentes de energías renovables –con la excepción de las unidades de cogeneración basadas en la biomasa y de aquellas unidades de cogeneración que contemplen como combustible el biogás procedente de residuos, tal como se indica en el Real Decreto 661/2007 de 25 de mayo en el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad bruta máxima de las ayudas que se pueden conceder para los proyectos o actuaciones estratégicas objeto de la presente convocatoria será determinada en función de la tipología de proyectos presentados a la convocatoria y de la categoría a la que éstos pertenezcan.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Cualesquiera personas jurídicas, tanto de Derecho público como privado, legalmente constituidas

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Proyecto Estratégico: A los efectos de esta convocatoria, se considerará que un Plan Estratégico de Inversiones en proyectos de ahorro y eficiencia energética responde a la definición de Proyecto Estratégico, cuando el conjunto de actuaciones previstas por la empresa o corporación de empresas solicitante, tienen por objeto una reducción significativa de los consumos energéticos específicos en sus proceso y/o instalaciones, con el fin de mejorar la competitividad energética de la misma (acercarse al óptimo técnico energético de sus procesos) y reducir la distancia que le separa de las empresas punteras en tecnología energética en su sector (reducir el GAP energético), además de contribuir a disminuir el impacto medioambiental que su consumo induce. Estos proyectos deberán presentar inversiones en, al menos, 3 Comunidades Autónomas.

2. Proyecto Singular Innovador: A los efectos de esta convocatoria, se considerará que un proyecto es Singular Innovador, cuando por sus particularidades (volumen de fondos, carácter ejemplarizante del proyecto en el sector, ahorro energético generado, grado de ecoinnovación, etc.) y cumpliendo los criterios que para estos proyectos se establecen a continuación, se considere conveniente incluirlo en el Programa de ayudas, con las mismas condiciones de elegibilidad y ratios que los Proyectos Estratégicos o Sectoriales Conjuntos. Este tipo de proyectos podrán estar localizados en una sola Comunidad Autónoma y se ceñirán al sector industrial.

3. Proyecto Sectorial Conjunto: Podrán incluirse en la presente convocatoria Proyectos Sectoriales Conjuntos, entendiendo por tales un conjunto de proyectos en empresas de un mismo sector con iguales objetivos tecnológicos y energéticos cuya aplicación en grupo garantiza un mayor grado de implantación de estas nuevas tecnologías, con las mismas condiciones de elegibilidad y el mismo rango geográfico que los Proyectos Estratégicos, es decir, con inversiones en al menos 3 Comunidades Autónomas. En estos
casos, se exigirá un solo interlocutor y/o gestor de recursos frente al IDAE. El convenio a suscribir con el IDAE, por el responsable del Proyecto Sectorial, definirá los compromisos de cada empresa particular y los mecanismos para el pago y justificación de las ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 26/05/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 126
Documento: Real Decreto 661/2007 Descargar Documento
Boletín: 12/03/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 62
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento