Programa de apoyo a las empresas de la Región de Murcia para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia del COVID-19, mediante la subsidiación de intereses y coste del aval del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.Línea COVID-19 coste cero, cofinanciada por el Fondo Europeode Desarrollo Regional (FEDER).

Código de ayuda:

S14146/20

Norma:

Orden de 7 de abril de 2020. Resolución de 17 de abril de 2020. Resolución de 10 de septiembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Empresas artesanas y Microcréditos: Hasta el 30/10/2020. Escuelas Infantiles: Hasta el 9/10/2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 50.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta convocatoria, con arreglo al régimen de concesión previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, apoyar a las empresas de la Región de Murcia en la obtención de financiación para dotarse de liquidez al objeto de paliar los efectos económicos sufridos por la pandemia del COVID-19 sin tener que asumir costes financieros adicionales, mediante la subsidiación de intereses de préstamos, y en su caso, comisiones de avales que garanticen los mismos.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Empleo
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Otras

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Economía, Industria e Innovación (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario no podrá exceder de cincuenta mil euros (50.000 €) con cargo a cada convocatoria en concepto de subsidiación del 1,25% del tipo de interés y, en su caso, del 0,75% de coste del aval otorgado en las operaciones formalizadas.

2. En el caso de que, como consecuencia de la obtención de una subvención, se generen rendimientos financieros a los beneficiarios, estos se aplicarán a incrementar el importe de la subvención concedida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases las empresas, con independencia de su tamaño, cuya actividad objeto del proyecto se localice en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de Murcia y de cualquier sector de actividad en los términos previsto en el Programa anexo que cuenten con una operación formalizada al amparo del Anexo 1.

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