Programa de apoyo a la Modernizacion de Establecimientos Comerciales - Convocatoria 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S38000/10

Norma:

ORDEN de 12 de mayo de 2010. RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2010. ORDEN de 15 de junio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Impulsar la modernización de los establecimientos comerciales de la CAPV a través de la innovación y la mejora de sus instrumentos de gestión y de sus infraestructuras.

Se impulsarán los proyectos de inversión destinados a la modernización de establecimientos comerciales a través de la financiación de los equipamientos comerciales, obra civil y mobiliario, necesarios para su
reforma, realizados por empresas ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea comercial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se impulsarán los proyectos de inversión destinados a la modernización de establecimientos comerciales a través de la financiación de los equipamientos comerciales, obra civil y mobiliario, necesarios para su
reforma, realizados por empresas ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se consideran inversiones susceptibles de ayuda aquellas que cumplan los siguientes requisitos:

Que se incorporen al activo de la empresa, y se incluyan en las siguientes categorías de destino:

a) Las inversiones dirigidas a la reforma y modernización del local, el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales.

b) Los equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial.

Requisitos:

Las empresas deberán cumplir los requisitos establecidos en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de pequeñas y medianas empresas, o las disposiciones que la sustituyan o modifiquen.

Documentos asociados

Boletín: 09/06/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 108
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/06/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 110
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 28/06/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 122
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 29/06/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 123
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento