Programa de Talleres de Formación e Inserción Laboral.

Código de ayuda:

S02700/04

Norma:

Orden de 30 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollar el Programa de Talleres de Formación e Inserción Laboral (talleres FIL), dirigidos a personas con dificultades de integración en el mercado del trabajo, a fin de proporcionarles la cualificación profesional para desempeñar una ocupación concreta y adecuada a las necesidades de las empresas de la Comunidad Valenciana, por medio de una formación adaptada a sus características individuales.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Desempleados: 4,80 euros por hora y alumno.
2. Desempleados con especiales dificultades: 7,50 euros por hora y alumno.

Los alumnos participantes en un taller FIL, podrán percibir una ayuda económica en concepto de asistencia por los importes siguientes:
a) 6 euros por día realmente asistido para el alumnado participante en los talleres del grupo desempleados.
b) 10,80 euros por día realmente asistido para el alumnado participante en los talleres del grupo Desempleados con especiales dificultades.

Para los talleres dirigidos a personas discapacitadas en concepto de
subvención por inversiones en instalaciones, maquinaria y utillaje, se podrá otorgar un importe máximo de 6.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Entidades locales,
b) Organizaciones empresariales,
c) Organizaciones sindicales,
d) Otras entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación total o parcial de los talleres Formación e Inserción Laboral que se realicen:
1. Áreas de Formación y de Tutoría:
a) Prácticas no Laborales, destinadas a la adquisición de competencias básicas, profesionales y polivalentes que permitan la inserción socio-laboral y el desempeño responsable de una ocupación.
b) Formación básica en áreas instrumentales, como lenguaje o matemáticas, siempre en el contexto socio-laboral, y partiendo de los conocimientos previos de los alumnos.
c) Formación y orientación laboral, encaminada a familiarizar a los
participantes con la normativa, la prevención de riesgos laborales, las
técnicas de búsqueda de empleo, y a proporcionar un conocimiento del mercado laboral.
d) Formación en habilidades socio-profesionales de carácter polivalente, que permitan al alumnado adquirir un repertorio de competencias comunes a un conjunto de ocupaciones.

2. Itinerarios individualizados de inserción.

3. Profesor/a-tutor/a:
La entidad nombrará, para cada alumno participante, un profesor/a o tutor/a, que será el responsable de la tutoría, la orientación, el seguimiento y la coordinación de todo el itinerario de inserción.

4. Formadores:
a) Al menos una persona con licenciatura de Psicología, Pedagogía o
Psicopedagogía, diplomatura de EGB o Magisterio, o técnica superior en
Integración Social, que asumirá las tareas de coordinación del taller.
b) Una persona experta en los módulos de Formación Profesional Ocupacional, preferentemente con conocimientos polivalentes teórico-prácticos. Dichos conocimientos deberán acreditarse mediante documentación que demuestre la experiencia en las especialidades elegidas.

Gastos subvencionables:
a) Gastos de profesorado y del personal encargado del diseño, la
evaluación y la coordinación del itinerario individualizado.
b) Gastos de organización o institucionales.
c) Gastos de ayuda por asistencia de los alumnos a los talleres.

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica propia.
b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social en los términos establecidos por la Orden de 30 de mayo de 1996, de la Conselleria de Economía y Hacienda.
c) Acreditar capacidad suficiente de medios materiales, humanos y organizativos para cumplir con los objetivos establecidos en el Programa.

Documentos asociados

Boletín: 06/02/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4686
Documento: Programa / Plan Descargar Documento