Programa de Microproyectos en México para 2005: Iniciativa Europea para la Democracia y los Derechos Humanos.

Código de ayuda:

S19082/05

Norma:

EuropeAid/121-395 /L/G/MX.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/07/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El programa de micro-proyectos para México tiene el objetivo específico de apoyar las actividades y esfuerzos de organizaciones no-gubernamentales que implementan actividades a nivel local, y de esta forma complementar otros programas de la Unión Europea.

Los siguientes temas prioritarios han sido identificados para el programa de micro-proyectos para México:
• Fortalecimiento de la democracia, los derechos humanos y el estado de derecho.
• Promoción de los derechos de los pueblos indígenas.

También podrá proporcionarse apoyo para acciones de sensibilización y formación relativas a la ratificación y puesta en obra del Convenio 169 de la OIT para Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
Particular atención debería brindarse al fin de asegurar que la igualdad de género y los derechos de los niños sean reflejados en todas las actividades.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Toda subvención otorgada a un proyecto dentro del programa estará comprendida entre el importe mínimo y el importe máximo que se indican seguidamente:
• Importe mínimo : 50.000 EUR
• Importe máximo : 100.000 EUR

Una subvención no podrá ser inferior al 50% del coste total elegible del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los solicitantes deben cumplir todas de las siguientes condiciones para poder optar a una subvención:
• ser una persona jurídica sin fines de lucro;
• ser organización no gubernamental o una institución de enseñanza superior;
• tener su sede en México;
• encargarse directamente de la preparación y gestión del proyecto y no limitarse simplemente a actuar como intermediario.

Los solicitantes podrán actuar individualmente o dentro de un consorcio constituido con organizaciones socias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Para ser considerados elegibles a efectos de la convocatoria de propuestas, los costes deberán:
– ser necesarios para la ejecución de la acción, estar previstos en el contrato adjunto a la presente Guía y atenerse a los principios de buena gestión financiera, en particular a los de rentabilidad y eficacia;
– haber sido efectivamente incurridos por el beneficiario o sus socios durante el período de ejecución del proyecto, de conformidad con lo especificado en el artículo de las Condiciones Particulares, independientemente de en qué momento el beneficiario o sus socios hayan desembolsado los fondos correspondientes y sin perjuicio de la elegibilidad de dichos costes en la auditoría final;
– estar consignados en la contabilidad o en los documentos fiscales del beneficiario o de sus socios, ser identificables y verificables y estar justificados con documentos originales.

Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, serán elegibles, en particular, los siguientes costes directos:
– Los costes del personal asignado a la acción, correspondientes a salarios reales más cargas sociales y otros costes que forman parte de la remuneración; los salarios y costes no deben exceder de los que normalmente corren a cargo del beneficiario o, en su caso, de sus socios;
– los gastos de viaje y dietas del personal que participe en el proyecto, siempre que se ajusten a los practicados habitualmente por el beneficiario o, en su caso, por sus socios. Por otra parte, cuando se trate de una asunción a tanto alzado, sus niveles no deberán ser superiores a los baremos aprobados anualmente por la Comisión Europea;
– los costes de adquisición de equipamiento (nuevo o de segunda mano) y servicios (transportes, alquileres...), siempre que estos costes correspondan a los del mercado;
– los costes de materiales fungibles y suministros;
– los gastos de subcontratación;
– los costes directamente derivados de los requisitos del Contrato (por ejemplo, para difusión de información, evaluación específica del proyecto, auditorías, traducciones, reproducción, seguros, formación específica del personal que participa en el proyecto, ...), incluidos los gastos de servicios financieros (en particular, el coste de las transferencias y las garantías financieras).

Podrá subvencionarse una cantidad a tanto alzado, hasta un límite equivalente al 7% del importe de los costes directos elegibles del proyecto, a título de costes indirectos correspondientes a los costes generales de administración asumidos por el beneficiario que puedan considerarse directamente afectados a la acción.

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
Otro- Nº Web de la UE
Documento: Convocatoria 2005 - Guía de Solicitantes Descargar Documento
Boletín: 00/00/0000
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Documento: Guía práctica de procedimientos contractuales Descargar Documento