Programa de Incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se efectua su convocatoria para el periodo 2008-2013 - Convocatoria 2008.

Código de ayuda:

S01091/08

Norma:

ORDEN de 11 de diciembre de 2007. RESOLUCION de 12 de febrero de 2008. Orden de 17 de noviembre de 2008

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/04/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente disposición es el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de
incentivos a los distintos Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y efectuar su convocatoria para los
ejercicios 2007 a 2013.

La presente Orden se aplicará a las convocatorias de incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento desde la fecha de entrada en vigor de la presente Orden hasta el 30 de diciembre de 2013.

La presente Orden será de aplicación para aquellos proyectos o actuaciones de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento regulados en la Orden de 18 de septiembre de 2006 o normativa que la sustituya, por la que se establece la calificación de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se crea el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento que tengan por finalidad el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación en Andalucía y que contribuyan a la creación y/o al mantenimiento del empleo estable.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar Artículo 13.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de los incentivos previstos en la presente Orden, las entidades ubicadas en
Andalucía calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento e inscritas en el correspondiente
Registro Electrónico de Agentes, creado por Orden de 18 de septiembre de 2006, y entre otros, con carácter enunciativo y no limitativo:

a) Las Universidades de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) Los Organismos Públicos de Investigación, Institutos y Centros de investigación con personalidad jurídica
propia e Institutos de Investigación Singular.
c) El Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA).
d) Los Centros del ámbito de la Consejería de Salud a través de sus fundaciones ubicadas en Andalucía, que actúen como gestoras de sus actividades de investigación.
e) Organismos Privados de I+D sin ánimo de lucro debidamente calificados.
f) Parques Científicos y Tecnológicos y Parques de Innovación Empresarial.
g) Centros Tecnológicos, Centros de Innovación y Tecnología y Centros Tecnológicos Avanzados.
h) Entidades de Transferencia del Conocimiento y Centros de Creación y Consolidación de Empresas de
base tecnológica.
i) Agentes del Conocimiento Tecnológico Acreditados.
j) La Red de Espacios de Divulgación Científica y Técnica de Andalucía y las entidades de divulgación científica integradas en ella.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las categorías de los incentivos en función del objeto incentivado son los siguientes:

1. Proyectos de Investigación:
1.º Proyectos de investigación de excelencia.
2.º Proyectos de Aplicación del Conocimiento (I+D+i)
3.º Incentivos a la participación en proyectos de investigación internacionales.

2. Formación de investigadores e impulso de la actividad científica:
1.º Actividades científicas y tecnológicas individuales:
- Publicaciones de carácter científico.
- Organización de Congresos.
- Estancias de personal investigador andaluz en el exterior.
- Estancias breves de personal investigador no andaluz en Andalucía.
2.º Incentivos para formación del Personal Investigador.
3.º Programa para la incorporación de Tecnólogos.
4.º Programa de Captación del Conocimiento para Andalucía (programa C2A).

3. Mejora de Infraestructuras y funcionamiento de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento
1.º Financiación del Plan Anual de actividades.
2.º Proyectos de implantación o mejora de infraestructuras y equipamiento científico tecnológicas, en sus
fases de definición y de ejecución.
3.º Acciones complementarias.
4.º Funcionamiento de los grupos de investigación no universitarios.

Consultar Artículo 12: Conceptos de inversión o gastos objeto de incentivación.

Requisitos:

El plazo de presentación de solicitudes para cada tipo de incentivos será el siguiente:

a) Proyectos de investigación de excelencia y de aplicación del conocimiento (I+D+i): desde el 15 de enero o inmediato hábil a 15 de febrero o inmediato hábil ambos incluidos de cada año.
b) Proyectos internacionales: podrán presentarse durante toda la vigencia de la Orden de incentivos.
c) Actividades de carácter científico y tecnológico individuales:
se establecen tres convocatorias anuales:
- Desde el 10 al 25 de enero.
- Desde el 10 al 25 de mayo.
- Desde el 10 al 25 de septiembre.
d) Para el Programa de captación del conocimiento podrán presentarse solicitudes durante toda la vigencia
de la Orden de incentivos.
e) Formación de personal investigador: se incluirá en la resolución anual de selección.
f) Programa de Incorporación de Tecnólogos según resolución anual de convocatoria.
g) Incentivos a la mejora de Infraestructuras y funcionamiento de Centros e institutos de investigación, espacios del conocimiento, entidades de aplicación y transferencia y divulgación del conocimiento: desde el 15 de enero al 15 de febrero, ambos incluidos, de cada año o inmediatos hábiles posteriores.
h) Incentivos al funcionamiento de los grupos de Investigación no universitarios: del 1 al 30 de marzo de cada año, ambos incluidos, o inmediatos hábiles posteriores.

En todos los casos, el plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 18:00 horas del último día señalado para cada modalidad, en caso de que el último día del plazo fuera inhábil la finalización del plazo se trasladará al primer día hábil siguiente.

No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera de los medios electrónicos, en virtud de
lo establecido en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007 de 26 de junio de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera de los plazos indicados, resolviéndose
la inadmisión de las mismas, que deberá ser notificada a los interesados en los términos previstos en el
artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 05/01/2008
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 4
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/03/2008
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 50
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 03/12/2008
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 240
Documento: Modificación Descargar Documento