Programa de Fomento de Empleo "Salario-Joven" para 2003.

Código de ayuda:

S03055/03

Norma:

ORDEN de 29 de septiembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/10/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer la creación de empleo en colectivos que tienen mayor dificultad de obtenerlo, como los jóvenes que no tienen experiencia laboral, o que la han tenido de forma escasa.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Destinadas a financiar los costes salariales y de Seguridad Social de las contrataciones, subvencionando a efectos salariales, la cuantía equivalente a la base mínima del grupo de cotización al que corresponda la categoría profesional desempeñada por el trabajador y, a efectos de Seguridad Social, las cuotas derivadas de dichos salarios, todo ello con independencia de las retribuciones que finalmente perciba el trabajador.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. Las corporaciones locales o entidades de ellas dependientes o vinculadas dentro del ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
2. Los órganos de la administración general del Estado y sus organismos autónomos, los órganos de la administración de la Generalitat Valenciana y su entidades autónomas, las universidades e instituciones sin ánimo de lucro, con sede todos ellos en la Comunidad Valenciana, que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones se destinarán a sufragar los costes correspondientes a las contrataciones de los jóvenes desempleados
(financiar los costes salariales y de Seguridad Social de las contrataciones).

Requisitos:

Se seleccionarán jóvenes teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) Mayor adecuación al puesto de trabajo ofertado en función de su formación.
b) Condición de discapacitado del demandante de empleo.
c) Nivel de protección por desempleo de los posibles beneficiarios.
d) Existencia de responsabilidades familiares, entendiéndose por éstas tener a cargo del trabajador desempleado que se contrata el cónyuge, hijos menores, menores acogidos o discapacitados.
e) Edad y condición de mujer.

Documentos asociados

Boletín: 01/10/2003
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4599
Documento: Programa / Plan Descargar Documento