Programa de Ayudas Ekintzaile 2022.

Código de ayuda:

S48328/22

Norma:

RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de diciembre de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el apoyo a nuevos proyectos empresariales innovadores y/o de base tecnológica, industriales y/o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, tutelados por un «Business Innovation Center» (BIC) de los existentes en la CAE, en las fases de maduración de la idea y de puesta en marcha de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SPRI. Agencia vasca de desarrollo empresarial (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el acompañamiento (Linea 1) se consideran hasta el 100 % de los gastos elegibles, con un importe máximo de hasta 30.000 euros.

Para el acceso a la financiación (Linea 2), se considerarán subvencionables:

El 20 % del préstamo concedido para la financiación de las inversiones presentadas.

Los intereses devengados en el período comprendido entre la fecha de formalización del préstamo y la finalización del trimestre natural en curso, así como los intereses generados en cada trimestre a lo largo de los 8 trimestres naturales siguientes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Entidades beneficiaras de la Ayuda de Acompañamiento (Linea 1).

Podrán ser beneficiarias de la Ayuda de Acompañamiento las personas físicas empadronadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi y las personas jurídicas constituidas a partir del 1 de enero de 2021, o sin actividad económica posterior al 1 de enero de 2021, con domicilio social y/o al menos un centro de actividad ubicado en la Comunidad Autónoma de Euskadi, portadoras de una idea de proyecto empresarial innovador y/o de base tecnológica, industrial y/o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial y que se pretenda iniciar en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Entidades beneficiaras de la Ayuda destinada a facilitar el Acceso a la Financiación (Linea 2)
Podrán acceder a las ayudas destinadas a facilitar el acceso a la financiación, únicamente las personas jurídicas que se comprometan a materializar su Plan de Empresa en la Comunidad Autónoma del País Vasco que cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1: ayuda de acompañamiento, a la persona o equipo promotor o empresa, en el proceso de maduración de la idea y elaboración del Plan de Empresa, hasta la puesta en marcha. Esta ayuda tendrá la consideración de subvención a fondo perdido.

Línea 2: ayuda destinada a las nuevas empresas generadas por proyectos de emprendimiento
como los descritos en la Línea 1 para facilitar su acceso a la financiación de las inversiones necesarias para llevar a cabo el Plan de Empresa definido.

Requisitos:

a) Que sean de nueva creación, entendida como tal, toda empresa constituida con posterioridad al 1 de enero de 2021, inclusive. Asimismo, se admitirán a trámite Solicitudes de Ayuda de empresas constituidas a partir del 1 de enero de 2020, siempre que estas Solicitudes sean presentadas dentro de los dos meses contados a partir de la fecha de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del País Vasco.

b) Que prevean la generación de al menos 3 empleos en el plazo de 3 años.

c) Que tengan la condición de PYME conforme a lo indicado en la Recomendación 2003/361/ CE de la Comisión de 6 de mayo de 2003 – Diario Oficial (DUE) n.º L 124 de 20-05-2003 p. 0036-0041.

d) Que figuren de alta en el correspondiente epígrafe industrial del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.

e) Que provengan de un proceso de emprendimiento.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2022
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 145
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento