Programa SUSTATU: Promoción de Nuevas Iniciativas Empresariales.
Código de ayuda:
S00200/03Norma:
Decreto Foral 25/2003, de 25 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2003Finalidad u objetivo de la ayuda:
Categorías Subvención
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Creación nuevas empresas
Equipamientos informáticos y Tecnología
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Diputación Foral de Vizcaya (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Programa A:- Subvención no reintegrable de hasta el 90% , con un límite máximo por proyecto de 40.000 euros.
- Para aquellos proyectos que se consideren de base tecnológica avanzada y/o de especial interés el límite máximo se podrá incrementar en 15.000 euros.
- La prima de dedicación no podrá superar el 15% de la subvención total por gastos de desarrollo concedida al proyecto.
- La prima por constitución y puesta en marcha de nuevas empresas será de un máximo de 10.000 euros, y no excederá del 50% del capital social desembolsado.
Programa B:
- Los beneficios correspondientes a las inversiones se concretan en una prima de hasta 35.000 euros.
- La prima total no podrá exceder del capital social desembolsado por la nueva empresa ni del 20% de las inversiones computables realizadas por la misma.
- En el caso de que la nueva empresa cumpla varios requisitos el importe total máximo al que podrá ascender la prima será de 40.000 euros.
- La prima se podrá incrementar en un 15% para empresas que se instalen en municipios prioritarios de Bizkaia.
- Los beneficios correspondientes a los gastos de asesoramiento se concretan en la concesión de una subvención no reintegrable de hasta el 60% de los gastos, con un límite máximo por empresa de 6.000 euros.
Programa C:
- Subvención no reintegrable de hasta el 90% de los gastos externos y de hasta el 50% de las inversiones y gastos internos, con un límite máximo por empresa de 50.000 euros.
- La prima por constitución y puesta en marcha de las empresas e.bit será de un máximo de 10.000 euros, y no excederá del capital social desembolsado.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
- Personas físicas que, no siendo empresas individuales, sean promotoras de nuevas empresas de carácter innovador y que se encuentren empadronadas en cualquier municipio del Territorio Histórico de Bizkaia.- Empresas, que sean promotoras de nuevas empresas de carácter innovador.
- Entidades sin ánimo de lucro que sean promotoras de empresas de carácter innovador y tengan su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A) Sustatu Bideberri: Proyectos empresariales innovadores.- Estudios de viabilidad del proyecto empresarial y estudios de mercado.
- Estudios de prototipos.
- Informes y estudios técnicos específicos. Se incluyen los estudios sobre las posibilidades que presenta el proyecto de ser desarrollado en Internet.
- Campañas de lanzamiento.
- Viajes y Asistencia a ferias necesarios para el desarrollo del proyecto empresarial.
- Prima por dedicación al proyecto, en el caso de promotoras y promotores personas físicas, que no sean empresas individuales.
- Prima por la constitución y puesta en marcha de la nueva empresa.
- Asesoramiento personalizado en el desarrollo y puesta en marcha del nuevo proyecto empresarial.
B) Sustatu Kide: empresas de nueva creación.
- Inversiones superiores a 30.000 euros.
- Gastos de asesoramiento en la puesta en marcha de la empresa, realizado por especialistas independientes de la empresa solicitante.
- Activos fijos:
- Aplicaciones informáticas.
- Instalaciones técnicas.
- Maquinaria.
- Utillaje.
- Otras instalaciones.
- Equipos para procesos de información.
- Inversión en terrenos y Bienes Naturales, construcciones y mobiliario.
C) Sustatu e.bit: empresas virtuales tuteladas.
- Gastos e inversiones realizados por las nuevas empresas e.bit, empresas virtuales tuteladas.