Programa «Modernizacion de Equipos Productivos (MEP)».

Código de ayuda:

S31919/10

Norma:

SPRI, S.A.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar las inversiones en maquinaria industrial nueva para alcanzar un alto grado de modernización de
los equipamientos productivos y a su vez, su adecuación a las normas de seguridad y salud laboral y
de las especificaciones establecidas en Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen
las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas de acuerdo con las obligaciones
recogidas en la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las máquinas
y por el que se modifica la Directiva 95/16/ CE, propiciando el achatarramiento de la maquinaria existente para sustituirla por una nueva.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI) (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas a conceder en concepto de subvenciones no reintegrables serán del 20% de los gastos acreditados en concepto de adquisición de nueva maquinaria, con un importe máximo a otorgar de 18.000 euros por máquina nueva adquirida. La ayuda máxima por empresa y año es de 40.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas industriales que cuenten con una plantilla de menos de 50 trabajadores y tengan su centro de trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considera inversión subvencionable, a efectos del cálculo de las ayudas, el valor neto, una vez deducido el Impuesto sobre el valor añadido, de los gastos acreditados en concepto de nueva maquinaria.
Los descuentos y similares, incluidos o no en factura, suponen un menor valor de compra.

Requisitos:

a) Cumplir las siguientes exigencias impuestas por la normativa en materia de seguridad y salud laborales:
– Haber realizado la Evaluación de Riesgos Laborales y el Plan de Prevención adoptando una modalidad de organización de la prevención, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y tener elaborada la planificación preventiva con carácter anual.
– Haber llevado a cabo la Auditoria del Sistema de Prevención establecido para aquellas modalidades organizativas que lo requieran, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29 del citado Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, según los límites que resulten exigibles de acuerdo con la legislación vigente, así como estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que mantengan con cualquiera de las sociedades del Grupo SPRI.

c) Reunir los requisitos necesarios para obtener ayudas públicas de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.

Documentos asociados

Boletín: 22/02/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 35
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 12/05/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 87
Documento: Modificación Descargar Documento