Programa Modernizacion Equipamiento Productivo (MEP).- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S04237/12

Norma:

Bilbao, a 21 de diciembre de 2011. En Bilbao, a 29 de marzo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar las inversiones en maquinaria industrial nueva para alcanzar un alto grado de modernización de los equipamientos productivos y a su vez adecuarlos a las normas de seguridad y salud laboral, propiciando el achatarramiento de la maquinaria existente para sustituirla por una nueva.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACION COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas objeto de este programa se instrumentarán en forma de subvenciones por importe del 20% de los gastos elegibles, acreditados en concepto de adquisición de nueva maquinaria, por un importe máximo de 18.000 euros por cada máquina nueva adquirida y de 40.000 euros como máximo por empresa y año.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas industriales que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las adquisiciones de maquinaria destinada a la modernización de equipamientos productivos de las empresas industriales, adecuándolos a las normas de seguridad y salud laboral, así como a mejorar la productividad para aumentar el grado de competitividad.

Requisitos:

a) Disponer de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco y menos de 50 trabajadores en el conjunto de la empresa.

b) Realizar la actuación subvencionable en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como de las obligaciones que mantenga con el Grupo SPRI y con el Gobierno Vasco.

d) No encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

Primero.– Incursas en prohibición o inhabilitación para la obtención de ayudas públicas o para contratar con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.– Sujetas a una orden de recuperación de ayudas pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Tercero.– En los supuestos del artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997 y en los del artículo 13 de la Ley 13/2003 por el que no pueda obtenerse la condición de beneficiario.

Cuarto.– En situación de empresa en crisis, salvo que dicha situación se haya dado como consecuencia de la crisis económica y financiera global sobrevenida con posterioridad al 1 de julio de 2008.

Quinto.– Prácticas que puedan impedir, restringir o falsear el juego de la competencia.

Sexto.– Que ni la empresa ni sus representantes legales han sido condenados mediante sentencia firme por cometer delitos contra la salud laboral o sancionada con carácter firme por cometer infracción administrativa muy grave en dicha materia en el periodo de 5 años anteriores a la fecha de la presente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 08/02/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 28
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 07/05/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 88
Documento: Modificación Descargar Documento