Programa LANdhome de concesión de subvenciones a empresas radicadas en la CAPV para la contratación de profesionales vascos retornados a Euskadi.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S01791/18

Norma:

ORDEN de 27 de diciembre de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 12h del 31 de octubre de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 35.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Proporcionar un apoyo público que estimule el retorno de profesionales vascos que estén desarrollando sus carreras en el exterior a empresas con razón social en la CAPV.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Exportación / Internacionalización
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y que cuenten con un plan de internacionalización vigente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Se considera susceptible de apoyo el coste bruto de la contratación laboral durante el primer año de vigencia del mismo.

2.– El límite de la ayuda se fijará en un 50% del coste salarial bruto consignado en el contrato laboral de referencia y no podrá superar los 35.000 euros. Las contrataciones realizadas en fecha anterior a la presentación de la solicitud quedarán expresamente excluidas.

3.– Cada entidad o empresa solicitante (sea en modalidad individual o en cooperación) sólo podrá recibir ayuda para una contratación laboral de expatriado.

Requisitos:

1.– De la empresa beneficiaria.

Para tener acceso a las ayudas contempladas en el programa LANdhome, las empresas deberán ofertar y formalizar un contrato laboral de carácter indefinido para cubrir un puesto de nivel directivo o de técnico superior. Dicha contratación deberá contribuir a un incremento neto del número de contrataciones indefinidas de la empresa con respecto al ejercicio cerrado anterior.

No podrá rescindirse el contrato, por causa no imputable al trabajador, en un plazo inferior a 4 años.

2.– Del profesional repatriado.

a) Edad no superior a 50 años.

b) Llevar en el extranjero como profesional expatriado un mínimo de 4 años ininterrumpidos, o haber acumulado en dicha condición 8 años de manera discontinua, en el momento anterior a la firma del contrato laboral apoyado por este programa.

c) Acreditar vecindad administrativa en la CAPV de al menos 2 años inmediatamente antes a la expatriación, o de 5 años continuados a lo largo de los 10 años inmediatamente anteriores.

d) Estar ocupando en el momento anterior a la repatriación un puesto directivo o técnico en una empresa en el exterior.

e) Adquirir un compromiso de permanencia profesional en Euskadi de al menos 4 años.

Documentos asociados

Boletín: 04/01/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 3
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento