Programa LANdhome de concesión de subvenciones a empresas radicadas en la CAPV para la contratación de profesionales vascos retornados a Euskadi.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S28955/16

Norma:

ORDEN de 29 de junio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden el desarrollo, bajo la denominación de Programa LANdhome, del régimen de ayudas destinadas a proporcionar un apoyo público que estimule el retorno de profesionales vascos que estén desarrollando sus carreras en el exterior a empresas con razón social en la CAPV (en adelante, empresas vascas).

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas contempladas en las presentes Bases las empresas, individualmente o en cooperación, radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y que cuenten con un plan de internacionalización vigente.

Requisitos:

1.– De la empresa beneficiaria.

Para tener acceso a las ayudas contempladas en el programa LANdhome, las empresas deberán ofertar y formalizar un contrato laboral de carácter indefinido para cubrir un puesto de nivel directivo o de técnico superior. Dicha contratación deberá contribuir a un incremento neto del número de contrataciones indefinidas de la empresa con respecto al ejercicio cerrado anterior.

2.– Del profesional repatriado.

a) Edad no superior a 50 años.

b) Llevar en el extranjero como profesional expatriado un mínimo de 4 años ininterrumpidos, o haber acumulado en dicha condición 8 años de manera discontinua, en el momento anterior a la firma del contrato laboral apoyado por este programa.

c) Acreditar vecindad administrativa en la CAPV inmediata anterior a la expatriación de al menos 2 años.

d) Estar ocupando en el momento anterior a la repatriación un puesto directivo o técnico en una empresa en el exterior, filial o no de una empresa vasca.

e) Adquirir un compromiso de permanencia profesional en Euskadi de al menos 4 años.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 143
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento