Programa Konekta Zaitez Microempresas: apoyo para impulsar la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS) en las microempresas.

Código de ayuda:

S00200/02

Norma:

Anuncio 5128, de 18 de julio de 2002. Modificación en Anuncio 937, de 15 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. Último año de vigencia del Programa: 2005.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto del Programa Konekta Zaitez Microempresas es contribuir al desarrollo de la Sociedad de la Información en Euskadi, facilitando a las empresas de menos de 10 empleados (en adelante Microempresas) el acceso a Internet y al uso del correo electrónico así como la disposición de página web, mediante una actuación que haga asequible la adquisición de ordenadores conectados a Internet así como la disposición de página web y de correo electrónico.

Las ayudas destinadas a impulsar la adquisición de ordenadores con conexión a Internet, disposición de correo electrónico y página web, tendrán la consideración de subvenciones no reintegrables.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI) (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Una subvención de 250 euros a la compra de cada ordenador nuevo que se ajuste a las características técnicas especificadas y que hayan sido adquiridos el año en que se presentó la Solicitud de Ayuda.
Cada empresa beneficiaria solamente se podrá acoger una vez al programa KZ Microempresas durante todo el período de vigencia del mismo, pudiendo adquirir un máximo de 2 ordenadores bajo este programa.
En todos los casos la factura de adquisición de los equipos deberá detallar los componentes básicos del equipo así como acreditar la adquisición de la licencia de un Sistema Operativo.

Una subvención del 50% del importe de los gastos de alta en el proveedor de acceso a Internet así como de las cuotas de conexión a Internet de los ordenadores objeto de subvención durante los 6 primeros meses y con un máximo de 200 euros de subvención por estos conceptos.

Una subvención del 50% de los gastos de desarrollo de la página web de la empresa (realizados por entidades o empresas especializadas que no tengan vinculación vía acciones o participaciones ni directa ni indirectamente con la empresa solicitante) así como los gastos de registro del dominio de la empresa.

La subvención máxima para el desarrollo de páginas webs será de:
- 250 euros si cumple las nuevas funcionalidades mínimas establecidas en la normativa.
- 500 euros si supera las nuevas funcionalidades establecidas en la normativa. Además, en este segundo caso, dispondrá de una subvención adicional del 15% (máximo 150 euros) de los gastos de desarrollo de la página web en el caso de que supere las nuevas funcionalidades mínimas establecidas en la normativa y además se aplique en el desarrollo de estás páginas web las normas WAI (Web Accesibility Initiative – www.w3.org/WAI) en los niveles establecidos por Spri, S.A. en el momento de presentación de la Solicitud de Ayuda y que estarán publicados en la web www.spri.net.
- Una subvención del 100% del importe de los gastos de adquisición del hardware y/o software de antivirus descrito en el punto 4, con un máximo de ayuda por solicitante por este concepto de, 80 euros en el caso de contemplar 1 usuario y un máximo de 90 euros en el caso de contemplar 2 usuarios.

La subvención máxima concedida a cada empresa en este programa durante toda la vigencia del mismo será de 1.440 euros, distribuidos de la siguiente forma:
_ 500 euros para la adquisición de ordenadores conectados a Internet.
_ 200 euros para los gastos de conexión a Internet de los ordenadores objeto de subvención.
_ 650 euros para los gastos de desarrollo de la página web de la empresa.
_ 90 euros para la adquisición de antivirus.

Según lo establecido por la Unión Europea, la ayuda total de MINIMIS concedida a cualquier empresa no deberá exceder de 100.000 euros en un periodo de tres años.
Este límite se aplicará independientemente de la forma de la ayuda o el objeto perseguido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que realicen actividad económica y que, además, cumplan los siguientes requisitos:
- Que tengan su domicilio social en la CAPV o que al menos un centro de actividad este ubicado en la CAPV.
- Que en el momento de la presentación de la Solicitud de Ayuda tenga menos de 10 empleados.
- Que destinen el o los equipos informáticos adquiridos para uso en la empresa beneficiaria dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Que acrediten mediante contrato haber tramitado su alta en Internet y cuenta de correo electrónico, todo ello antes de la presentación de la solicitud de ayuda y dentro del ejercicio en que se presenta la Solicitud, comprometiéndose a mantenerlo durante al menos 6 meses.
- Que tengan su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como para con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI.
- Que se encuentren dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Quedan excluidas de la condición de beneficiario las Sociedades Públicas y Entidades de Derecho Público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– La adquisición de ordenadores que cumplan o superen las siguientes especificaciones:
- PC de sobremesa: el equipo tendrá unas prestaciones al menos equivalentes o superiores a uno que disponga de un procesador a 2.000 Mhz (de eficiencia igual o superior a un AMD Athlon 2.000 Mhz. o INTEL PIV a 2.000 Mhz.); 256 Mb de memoria RAM; 30 Gb de disco duro; CD-ROM 48X; Modem interno de 56 Kbs. V90; Pantalla 15" color; Tarjeta de sonido; Tarjeta
gráfica; slots libres, teclado, disketera y ratón.
- Macintosh de sobremesa: el equipo tendrá unas prestaciones al menos equivalentes o superiores a uno que disponga de un procesador Power PC G3 500 Mhz. o equivalente; 64 Mb de memoria RAM; 20 Gb de disco duro; CD-ROM 24X; Modem interno de 56 Kbs. V90; Pantalla 15" color; Tarjeta de sonido; Tarjeta gráfica; slots libres, teclado y ratón.
- Portátil Macintosh: el equipo tendrá unas prestaciones al menos equivalentes o superiores a uno que disponga de un procesador Power PC G3 500 Mhz. o equivalente; 128 Mb de memoria RAM; 15 Gb de disco duro; CD-ROM 24X; Modem interno de 56 Kbs. V90; Pantalla 12" color; Tarjeta de sonido; Tarjeta gráfica; teclado y ratón.
- Portátil PC: el equipo tendrá unas prestaciones al menos equivalentes o superiores a uno que disponga de un procesador Celeron 1.000 Mhz. o equivalente; 256 Mb de memoria RAM; 10 Gb de disco duro; CD-ROM 24X; Modem interno de 56 Kbs. V90; Pantalla 12" color; Tarjeta de sonido; Tarjeta gráfica; teclado, disketera y ratón.
- En los cuatro modelos de equipos descritos podrá obviarse el Modem interno siempre y cuando el comprador acredite conexión a Internet a través de otros dispositivos (Modem externo, ADSL, Cable modem, etc.)

2.– Los gastos de alta y conexión a Internet.
Gastos de alta en el proveedor de acceso a Internet así como de las cuotas de conexión a Internet de los ordenadores objeto de subvención durante los 6 primeros meses.

3.– Los gastos de desarrollo de la página web de la empresa y registro del dominio.
Gastos de desarrollo de la página web de la empresa así como los gastos de registro del dominio de la empresa durante un año.

4.– La adquisición de hardware y/o licencias de software de antivirus y que dispongan, al menos, de las siguientes
funcionalidades:
_ Que detecte y elimine todo tipo de virus (Antivirus).
_ Que bloquee los correos no deseados (Anti-spam).
_ Que contemple protección contra estafas (Antiphising).
_ Que tenga funciones de firewall (defensa contra intrusos o crakers).
_ Que bloquee los programas espía, dialers y control de marcado de números telefónicos (anti-spyware).
_ Que contemple la detección de falsos mensajes de alerta sobre virus (Hoaxes).
_ Que permita el control de acceso a páginas web consideradas inapropiadas.
_ Que contemple 12 meses de servicio y soporte técnico 24 horas al día, 365 días al año.
_ Que permita actualizaciones inmediatas y automáticas contra virus y demás peligros, al menos una vez al día.

Los gastos de desarrollo de la página web de la empresa así como el registro del dominio (punto 3) y la adquisición de hardware y/o licencias de software de antivirus (punto 4) podrán presentarse independientemente de los puntos 1 y 2 del presente apartado.

Documentos asociados

Boletín: 12/09/2002
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 173
Documento: Programa Konekta Zaitez Microempresas Descargar Documento
Boletín: 28/02/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 40
Documento: Modificación Normativa Programa Descargar Documento