Programa Konekta Zaitez Microempresas: Medidas de apoyo para impulsar la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS) en las microempresas.

Código de ayuda:

S11928/06

Norma:

Anuncio del 19 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Del 1 de enero al 31 de enero de cada año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto del Programa Konekta Zaitez Microempresas es contribuir al desarrollo de la Sociedad de la Información en Euskadi, facilitando a las empresas de menos de 10 empleados (en adelante Microempresas) el acceso a Internet y al uso del correo electrónico así como la disposición de página web, mediante una actuación que haga asequible la adquisición de ordenadores conectados a Internet así como la disposición de software de seguridad y de correo electrónico.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI) (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Una subvención máxima de 250 euros a la compra de cada ordenador nuevo que se ajuste a las características técnicas especificadas.
La subvención máxima para la adquisición de cada ordenador no superará en ningún caso el 25% del coste de cada equipo objeto de subvención.

Una subvención del 50% del importe de los gastos de alta en el proveedor de acceso a Internet así como de
las cuotas de conexión a Internet de los ordenadores objeto de subvención durante los 6 primeros meses y con un máximo de 200 euros de subvención por estos conceptos.

Una subvención del 100% del importe de los gastos de adquisición del hardware y/o software de antivirus descrito en el punto 3 del artículo 5 «Hecho Subvencionable » de esta normativa, con un máximo de ayuda por solicitante por este concepto de, 80 euros en el caso de contemplar 1 usuario y un máximo de 90 euros en el caso de contemplar 2 usuarios.

Solamente se admitirán facturas cuya fecha esté dentro de los 12 meses anteriores a la presentación de la
solicitud de ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que realicen actividad económica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– La adquisición de ordenadores que cumplan o superen
las especificaciones del art. 5.1.
2.– Los gastos de alta y conexión a Internet.
3.– La adquisición de hardware y/o licencias de software
de antivirus y que dispongan, al menos, de las funcionalidades del art. 5.3.

Requisitos:

1.– Que tengan su domicilio social en la CAPV o que al menos un centro de actividad este ubicado en la CAPV.
2.– Que en el momento de la presentación de la Solicitud de Ayuda tenga menos de 10 empleados.
3.– Que destinen el o los equipos informáticos adquiridos para uso en la empresa beneficiaria dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
4.– Que acrediten mediante contrato haber tramitado su alta en Internet y cuenta de correo electrónico, todo ello dentro de los 12 meses anteriores a la presentación de la Solicitud de Ayuda, comprometiéndose a
mantenerlo durante al menos 6 meses.
5.– Que tengan su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como para con cualquiera de las sociedades del grupo Spri.
6.– Que se encuentren dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Quedan excluidas de la condición de beneficiario las Sociedades Públicas y Entidades de Derecho Público.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 74
Documento: Programa y Convocatoria 2006 Descargar Documento