Programa Konekta Zaitez Lankidetza: Medidas de apoyo para impulsar la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS) en las Asociaciones y Empresas Tractoras y sus proveedores - Ampliación Vigencia 2010.

Código de ayuda:

S11937/06

Norma:

Anuncio del 19 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año de vigencia del Programa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer la incorporación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC´s) en el tejido
empresarial vasco a través del apoyo a proyectos en colaboración desarrollados por un conjunto de empresas e impulsados por Asociaciones de empresas y/o de profesionales o por Empresas Tractoras de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La vigencia de las medidas de apoyo del Programa KZ Lankidetza será hasta el 31-12-2010, señalándose, sin embargo, que las solicitudes que se presenten serán atendidas en cada ejercicio por el orden cronológico que les corresponda a partir del momento en que estén debidamente cumplimentadas, y hasta el límite del crédito anual disponible. Las Solicitudes de Ayuda presentadas a partir del agotamiento del crédito anual serán atendidas en el ejercicio siguiente siempre que exista crédito consignado al efecto
dando validez a la solicitud realizada.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI) (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general, el 50% de los Gastos e Inversiones Subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas que, o bien realicen actividad empresarial, o bien agrupen a empresas y/o profesionales que realicen actividad empresarial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Para asociaciones:
1.1.– Diagnóstico de necesidades y/o elaboración de Planes de Implantación de las TICS en las entidades de
su ámbito de actuación.
1.2.– Ejecución de los Planes de Implantación de las TICS que impliquen la participación directa de sus asociados en el proyecto a través de procesos interactivos, que fomenten la transaccionalidad.
1.3.– Desarrollo de aplicaciones informáticas que puedan ser utilizadas por las empresas de la Asociación.
Estas aplicaciones informáticas o herramientas de gestión deberán ser desarrolladas con herramientas de Software Libre, y deberán ser registradas como aplicaciones GPL (General Public License) al objeto de que cualquier empresa pueda utilizarlas sin limitaciones.

2.– Para Empresas Tractoras:
2.1.– Diagnóstico de necesidades y/o elaboración de Planes de Implantación de las TICS en las empresas proveedoras de la empresa tractora.

3.– Para Proyectos Innovadores.
Proyectos de implantación de las TICs de carácter innovador, y cuya implantación sirva para traccionar del uso de las Tecnologías de la Información en la sociedad.
Estos proyectos deben suponer la primera implantación dentro del ámbito de la CAPV y debe entenderse que
el éxito de este proyecto debería contribuir a extender la implantación de proyectos similares dentro de la CAPV.

Requisitos:

- Que tengan su domicilio social en la CAPV o que al menos un centro de actividad esté ubicado en la CAPV.

- Que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
Que sean Empresas Tractoras, esto es, que por su tamaño y capacidad de compra, tengan capacidad de influencia y liderazgo en sus proveedores y que presenten proyectos que agrupen al menos a 5 proveedores que acrediten estar involucradas en el proyecto de incorporación de las TICs y que tengan su domicilio social en la CAPV o que al menos un centro de actividad esté ubicado en la CAPV.
Que sean Asociaciones de empresas y/o de profesionales que apoyen y faciliten la implantación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entre sus asociados y que presenten proyectos que agrupen al menos a 10 entidades asociadas que acrediten estar involucradas en el proyecto y que acrediten tener su domicilio social en la CAPV o que tengan al menos un centro de actividad en la CAPV.
Que presenten proyectos de implantación de las TICs de carácter innovador, y cuya implantación sirva para
traccionar del uso de las Tecnologías de la Información en la sociedad. Estos proyectos deben suponer la primera implantación dentro del ámbito de la CAPV y debe entenderse que el éxito de este proyecto debería contribuir a extender la implantación de proyectos similares dentro de la CAPV.
Que tengan su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social,
según los límites que resulten exigibles de acuerdo con la legislación vigente, así como para con cualquiera de las sociedades del grupo Spri.
Quedan excluidas de la condición de beneficiario las Sociedades Públicas así como las Asociaciones que agrupen fundamentalmente a asociados y/o entidades que no realicen actividad económica.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 74
Documento: Programa y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 01/02/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 23
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 08/02/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 28
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 03/02/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 23
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 25/02/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 38
Documento: Modificación y ampliación de vigencia Descargar Documento