Programa +Innova.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S01719/13

Norma:

Bilbao, a 7 de enero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/09/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar la realización en las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco de Itinerarios de Competitividad e Innovación, en cualquiera de sus sucesivas etapas: definición, Desarrollo mediante Proyectos de Capacitación y Definición de Proyectos de Innovación en los ámbitos de proceso, producto/servicio, mercado u organización, y, finalmente, Revisión.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACION COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Definición del Itinerario de Competitividad e Innovación: 8.000 euros.

b) Revisión del Itinerario de Competitividad e Innovación: 3.000 euros.

c) Proyecto de Capacitación: 4.000 euros.

d) Definición de Proyectos de Innovación: 2.600 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las PYMEs que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Definición y Revisión del Itinerario de Competitividad e Innovación.

Las actuaciones de apoyo son dos:

Primera.– Definición del Itinerario de competitividad e Innovación.

Segunda.– Revisión del Itinerario de Competitividad e Innovación.

b) Desarrollo del Itinerario de Competitividad e Innovación.

Las actuaciones de apoyo son dos:

Primera.– Proyectos de Capacitación.

Segunda.– Definición de Proyectos de Innovación en los ámbitos de proceso, producto/servicio,
mercado u organización.

Requisitos:

a) No contar en su organización con personas acreditadas como consultoras SPRI.

b) Disponer las empresas de una plantilla de, al menos, 10 trabajadores.

c) Realizar, las empresas, actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al producto-proceso conexos a las anteriores, del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones y de comercio mayorista.

No obstante los dos puntos anteriores, podrán ser beneficiarias de ayudas al desarrollo y revisión de los Itinerarios de Competitividad e Innovación aquellas empresas que en su día realizaron la Agenda de Innovación o el Itinerario de Competitividad e Innovación obteniendo apoyo de los correspondientes programas de SPRI.

d) Para la realización de la definición del Itinerario de Competitividad e Innovación, no haber recibido ayudas en el Programa Berrikuntza Agendak-Agendas de Innovación de SPRI para la
elaboración de la agenda.

e) Disponer las empresas de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del
País Vasco.

f) Realizar la actuación subvencionable en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

g) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como de las obligaciones que mantenga con el Grupo SPRI y con el Gobierno Vasco.

h) No encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

Primero.– Incursas en prohibición o inhabilitación para la obtención de ayudas públicas o para
contratar con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.– Sujetas a una orden de recuperación de ayudas pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Tercero.– En los supuestos del artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997 y en los del artículo 13 de la Ley 13/2003 por el que no pueda obtenerse la condición de beneficiario.

Cuarto.– En situación de empresa en crisis, salvo que dicha situación se haya dado como
consecuencia de la crisis económica y financiera global sobrevenida con posterioridad al 1 de julio de 2008.

Quinto.– Prácticas que puedan impedir, restringir o falsear el juego de la competencia.

i) Quedan excluidas de la condición de entidades beneficiarias los agentes de la Red Vasca de
Ciencia, Tecnología e Innovación, acreditados a tal efecto.

j) El cumplimiento de los requisitos para ser beneficiaria de las ayudas habrán de mantenerse
en el momento de presentación de las solicitudes de ayuda y de liquidación.

k) No dedicarse a la producción, comercialización y financiación de armas, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 14/2007, de 28 de diciembre, de Carta de Justicia y Solidaridad con los
países empobrecidos.

Documentos asociados

Boletín: 17/01/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 12
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento