Programa «Innobideak-Lehiabide» Acelerador de la Competitividad de las empresas en entornos globales.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S09919/14

Norma:

Bilbao, 24 de enero de 2014.

Plazo de Solicitud:

Finalizará el 30 de septiembre de 2014 a las 12:00 horas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar el desarrollo de actuaciones de mejora competitiva en las empresas con centro de actividad en el País Vasco, a través de diferentes acciones dirigidas a facilitar la ejecución de aquellos proyectos estratégicos, tanto individuales como en cooperación que, a partir de la mejora de las propuestas de valor y/o la innovación en los modelos de negocio, mejoren el posicionamiento competitivo global de las empresas a través del acceso a nuevos mercados y/o clientes o de la consolidación de los mismos.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACION COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Proyectos individuales. Hasta el 50% de los gastos elegibles del proyecto, con un límite de subvención de 45.000 euros por empresa.

b) Proyectos en cooperación. Hasta el 60% de los gastos elegibles del proyecto contemplados en el artículo 7 apartados a), b) y c), con un máximo de 35.000 euros por empresa y un máximo de 100.000 euros para el conjunto de las empresas incluidas en el proyecto de cooperación.

Ninguna empresa solicitante podrá asumir, de forma individual, más del 70% de los gastos externos derivados del proyecto, con excepción de los gastos de contratación de Agentes de carácter sectorial empresarial o territorial relativos exclusivamente a las tareas de dinamización, coordinación y tramitación del proyecto. Estos gastos podrán ser asumidos al 100% por una única empresa.

En los casos anteriores, el 80% de la ayuda tendrá la consideración de ayuda a la ejecución del proyecto y el 20% restante tendrá la consideración de ayuda condicionada a la efectiva consecución de los objetivos marcados por todas las empresas participantes, en materia de empleo, facturación y/o incremento de cuota de mercado, en el plazo de doce meses contados a partir de la fecha de finalización de la ejecución del proyecto.

Adicionalmente en los proyectos en cooperación que cuenten con la colaboración de un Agente de carácter sectorial empresarial o territorial para las tareas de dinamización, coordinación y tramitación, el importe financiable por este concepto para todo el proyecto ascenderá a un máximo de 5.000 euros, siendo esta partida financiada al 100%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas con centro de actividad en el País Vasco que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Redefinición del modelo de negocio basado en una modificación significativa de la propuesta de valor, a través de una redefinición del mix de productos y servicios de la empresa, de los segmentos de mercado objetivo, de las formas de acceso y de relación con los clientes, y/o de las fórmulas de ingresos monetarios para la empresa.

Bajo estas premisas no se financiará la elaboración de Planes Estratégicos iniciales de las empresas.

b) Diseño de nuevos productos o servicios y/o introducción de mejoras sustanciales en los productos/servicios/procesos existentes, así como la aplicación de dinámicas de aceleración del lanzamiento de dichos nuevos productos/servicios, siempre que supongan la configuración de una propuesta de valor innovadora que permita generar una oferta diferenciada y/o competir en nuevos mercados.

Serán subvencionables los estudios de diseño y conceptualización de las mejoras sustanciales en las especificaciones técnicas, materiales, software incorporado, adición del componente servicio (servitización) u otras características funcionales, así como los planes que recojan dinámicas de aceleración del lanzamiento de los nuevos productos/servicios en los nuevos mercados objetivo a través de nuevas formas de relación con los clientes, usuarios u otros agentes externos, en base a metodologías de innovación abierta, co-creación, procesos de experimentación o living labs, que permitan incorporar la inteligencia colectiva en los procesos de diseño de los nuevos productos y servicios de la empresa.

Requisitos:

a) Disponer, las empresas, de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Realizar actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones. Este factor será valorado conforme al certificado de situación de alta en el correspondiente IAE (Impuesto de Actividades Económicas).

c) En el caso de que lo presentado en este Programa sean proyectos individuales, disponer de una plantilla de, al menos, 40 trabajadores. El número de trabajadores es en equivalentes anuales a jornada completa. Se considera perteneciente a la plantilla el personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición, no pueda estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

d) En el caso de que lo presentado en este Programa sean proyectos en cooperación, disponer de una plantilla de, al menos, 20 trabajadores. Además, en estos proyectos de cooperación, el conjunto de las empresas participantes deberán agrupar plantillas de, al menos, 80 trabajadores. En el caso de proyectos en cooperación que cuenten con la participación de un Agente de carácter sectorial, empresarial o territorial, el número de empresas participantes en el proyecto deberá ser al menos de tres.

e) Estas condiciones deben mantenerse en el momento de la solicitud y durante todo el período de ejecución del proyecto.

f) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Tesorería General de la Seguridad Social y/o sus entidades colaboradoras, así como de las obligaciones que mantenga con las empresas del Grupo SPRI y con el Gobierno Vasco.

g) No encontrarse en alguna de las siguientes situaciones, lo que se acreditará mediante la correspondiente declaración:

Primero.– Incursas en prohibición o inhabilitación para la obtención de ayudas públicas o para contratar con la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.– Sujetas a una orden de recuperación de ayudas pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Tercero.– En los supuestos del artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997 y en los del artículo 13 de la Ley 38/2003 por el que no pueda obtenerse la condición de beneficiario.

Cuarto.– En situación de empresa en crisis en el sentido de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.

Quinto.– Que por la autoridad competente se halla constatado que desarrolla prácticas que puedan impedir, restringir o falsear el juego de la competencia.

Sexto.– Dedicarse a la producción, comercialización y financiación de armamento, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 14/2007, de 28 de diciembre, de Carta de Justicia y Solidaridad con los Países Empobrecidos.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 52
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento