Programa «Innobideak-Lehiabide - Acelerador de la Competitividad de las empresas en entornos globales».- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S35655/13

Norma:

Bilbao, a 11 de septiembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar el desarrollo de actuaciones de mejora competitiva en las empresas con centro de actividad en el País Vasco, a través de diferentes acciones dirigidas a facilitar la ejecución de aquellos proyectos estratégicos, tanto individuales como en cooperación que, a partir de la mejora de las propuestas de valor y/o la innovación en los modelos de negocio, mejoren el posicionamiento competitivo global de las empresas a través del acceso a nuevos mercados y/o clientes.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACION COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Proyectos individuales. Hasta el 50% de los gastos elegibles del proyecto, con un límite de
subvención de 45.000 euros por empresa.

b) Proyectos en cooperación. Hasta el 60% de los gastos elegibles del proyecto, con un máximo
de 35.000 euros por empresa y un máximo de 100.000 euros para el conjunto de las empresas
incluidas en el proyecto de cooperación. Ninguna empresa solicitante podrá asumir, de forma individual, más del 70% de los gastos externos derivados del proyecto.

En todos los casos, el 80% de la ayuda tendrá la consideración de Ayuda a la ejecución del
proyecto y el 20% restante tendrá la consideración de Ayuda Condicionada a la Efectiva Consecución de los Objetivos marcados por todas las empresas participantes, en materia de empleo, facturación e incremento de cuota de mercado, en el plazo de doce meses contados a partir de la fecha de finalización de la ejecución del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas con centro de actividad en el País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de proyectos, individuales o en cooperación que, basados en la innovación en los modelos de negocio, la participación de los trabajadores en la empresa, el fortalecimiento de la presencia en nuevos mercados y el aumento de la dimensión, acrecienten, de forma significativa, la competitividad de las organizaciones.

Requisitos:

a) Disponer, las empresas, de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Realizar actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones.

c) En el caso de que lo presentado en este Programa sean proyectos individuales, disponer de
una plantilla de, al menos, 50 trabajadores, en el momento de la solicitud y durante todo el periodo de ejecución del proyecto.

d) En el caso de que lo presentado en este Programa sean proyectos en cooperación, disponer
de una plantilla de, al menos, 20 trabajadores. Además, en estos proyectos de cooperación, el
conjunto de las empresas participantes deberán agrupar plantillas de, al menos, 80 trabajadores.
Estas condiciones deben mantenerse en el momento de la solicitud y durante todo el período
de ejecución del proyecto.

e) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como de las obligaciones que mantenga con las empresas del Grupo SPRI y con el Gobierno Vasco.

f) No encontrarse en alguna de las siguientes situaciones, lo que se acreditará mediante la
correspondiente declaración:

Primero.– Incursas en prohibición o inhabilitación para la obtención de ayudas públicas o para
contratar con la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.– Sujetas a una orden de recuperación de ayudas pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Tercero.– En los supuestos del artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997 y en los del artículo 13 de la Ley 13/2003 por el que no pueda obtenerse la condición de beneficiario.

Cuarto.– En situación de empresa en crisis.

Quinto.– Prácticas que puedan impedir, restringir o falsear el juego de la competencia.

Documentos asociados

Boletín: 19/09/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 179
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento