Programa «Innobideak-Kudeabide» Proyectos de Consolidacion. La Gestion Avanzada como catalizador de la Competitividad en la Empresa Vasca.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S09928/14

Norma:

Bilbao, a 24 de enero de 2014. Bilbao, a 1 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Finalizará el 30 de octubre de 2014, a las 12:00 h.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las condiciones y el procedimiento de acceso al Programa Innobideak-Kudeabide para todas las empresas industriales, conexas de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y comunicaciones (TIC) de la Comunidad Autónoma del País Vasco de al menos 50 empleada/os que deseen desarrollar un proyecto de consolidación en gestión avanzada (2B).

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SOCIEDAD PARA LA TRANSFORMACION COMPETITIVA-ERALDAKETA LEHIAKORRERAKO SOZIETATEA (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas objeto de esta convocatoria se instrumentarán en forma de subvenciones no reintegrables, por un importe del 60% de los gastos elegibles acreditados del proyecto con un límite de subvención de 10.000 euros por empresa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas industriales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La mejora de la gestión empresarial en base al desarrollo de actuaciones contempladas en el Modelo de Gestión Avanzada de referencia en estos Elementos. Los proyectos que se presenten deberán centrarse en las áreas de mejora especificadas en el Informe de Contraste Inicial, atendiendo a las recomendaciones establecidas en dicho Informe.

Requisitos:

a) Disponer, las empresas, de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Realizar actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones. Este factor será valorado conforme al certificado de situación de alta en el correspondiente IAE (Impuesto de Actividades Económicas).

c) Disponer de una plantilla de, al menos, 50 trabajadoras/es. El número de trabajadoras/es es en equivalentes anuales a jornada completa. Se considera perteneciente a la plantilla el personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición, no pueda estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

d) Disponer del correspondiente Informe de Contraste Inicial de Gestión Avanzada elaborado por Euskalit.

e) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social y/o sus entidades colaboradoras, así como de las obligaciones que mantenga con las empresas del Grupo SPRI y con el Gobierno Vasco.

f) No encontrarse en alguna de las siguientes situaciones, lo que se acreditará mediante la correspondiente declaración:

Primero.– Incursas en prohibición o inhabilitación para la obtención de ayudas públicas o para contratar con la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segundo.– Sujetas a una orden de recuperación de ayudas pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado anterior.

Tercero.– En los supuestos del artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997 y en los del artículo 13 de la Ley 38/2003 por el que no pueda obtenerse la condición de empresa beneficiaria.

Cuarto.– En situación de empresa en crisis en el sentido de las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis.

Quinto.– Que por la autoridad competente se halla constatado que desarrolla prácticas que puedan impedir, restringir o falsear el juego de la competencia.

Sexto.– Dedicarse a la producción, comercialización y financiación de armamento, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 14/2007 de 28 de diciembre de Carta de Justicia y Solidaridad con los Países Empobrecidos.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 52
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 08/07/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 128
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento