Programa Gauzatu–Implantaciones Exteriores, de impulso a la creación y desarrollo de implantaciones de empresas vascas en el exterior, para el ejercicio 2006.

Código de ayuda:

S43073/06

Norma:

Resolución de 24 de octubre de 2006. Resolución de 1 de marzo de 2006. Orden de 29 de junio de 2005. Orden de 16 de abril de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente resolución, la convocatoria para el ejercicio 2006, de las ayudas, bajo la forma
de anticipos reintegrables, previstas en la Orden de 16 de abril de 2003, del Consejero de Industria, Comercio, y Turismo, por la que se regula el Programa Gauzatu - Implantaciones exteriores, de impulso a la creación y desarrollo de implantaciones de empresas vascas en el exterior.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Exportación / Internacionalización
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Turismo, Comercio, y Consumo (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMEs) industriales extractivas, transformadoras, y de servicios técnicos conexos a las anteriores.

Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden por la que se regula el Programa Gauzatu - Implantaciones Exteriores, de impulso a la creación y desarrollo de implantaciones de empresas vascas en el exterior, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de referencia.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran susceptibles de apoyo a efectos del cálculo de las ayudas los proyectos de implantación productiva en el extranjero acometidos por las empresas beneficiarias y consistentes en la apertura de una nueva planta productiva con constitución de empresa, ampliación de implantaciones existentes o adquisición de sociedades extranjeras, siempre que su participación en los mismos sea mayoritaria, salvo imperativo legal del país destino de la inversión, excluyéndose las inversiones dirigidas a los sectores inmobiliario, financiero, de seguros y de defensa.

A los efectos del cálculo de las ayudas no se tendrán en cuenta, en ningún caso, los impuestos, sean de la índole que sean, que puedan afectar a dichos proyectos. En ningún caso se entenderá susceptible de apoyo la inversión de sustitución.
No podrán acceder a estas ayudas aquellas empresas que desarrollen proyectos de implantación
productiva en paises de la UE, salvo las que los localicen en Polonia, Hungría, República Checa, Eslovenia, Eslovaquia, Estonia, Letonia y Lituania, que si serán susceptibles de apoyo.

Requisitos:

En los casos de constitución de nuevas empresas, éstas deberán estar constituidas antes del 15 de octubre
del presente ejercicio 2006.

Documentos asociados

Boletín: 19/05/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 96
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/06/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 124
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 17/03/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 54
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 09/11/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 214
Documento: Aumento de recursos Convocatoria 2006 Descargar Documento