Programa Bono Cultural Joven 2023.

Código de ayuda:

S17137/22

Norma:

Real Decreto 210/2022, de 22 de marzo. Orden CUD/673/2022, de 13 de julio. Orden de 21 de julio de 2022. Orden del 5 de septiembre de 2022. Resolución de 9 de septiembre de 2022. Resolución del 11 de octubre de 2022. Orden CUD/987/2022, de 18 de octubre. Orden del 22 de Octubre de 2022. Orden CUD/103/2023, de 3 de febrero. Orden del 16 de marzo de 2022. Orden de 9 de junio de 2023. Resolución de 21 de septiembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 23:59 horas del 31 de octubre de 2023.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 400

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La obtención de la ayuda de 400 euros del programa Bono Cultural Joven, que se abonará en tarjetas prepago personalizadas, para la adquisición de los productos, servicios y actividades culturales de las siguientes categorías y con los límites máximos que se indican:

Un máximo de 200 euros para destinarlo a artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales (incluye entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas, exposiciones, festivales y espectáculos taurinos); un máximo de 100 euros para productos culturales en soporte físico (incluye libros, revistas, prensa y
publicaciones periódicas, videojuegos, partituras musicales, discos de vinilo, CD, DVD y Blu-ray), y un máximo de 100 euros para consumo digital o en línea (incluye suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, libros digitales, canciones o álbumes digitales a través de plataformas, suscripción para descarga de archivos multimedia, suscripciones digitales a videojuegos, prensa, revistas y a otras publicaciones periódicas)

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Juventud

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima destinada a financiar la ayuda del Bono Cultural Joven asciende a 186.000.000 euros, con un importe de 400 euros por persona beneficiaria

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas del Bono Cultural Joven las personas físicas que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos y actividades subvencionables la adquisición de los productos, servicios y actividades culturales recogidos en este apartado, realizada a través de las entidades adheridas al Bono Cultural Joven y que no superen las siguientes cuantías máximas:

a) Artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas, exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales, hasta un máximo de 200 euros por beneficiario.

b) Productos culturales en soporte físico: libros; revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras musicales, discos de vinilo, CD, DVD, o los conocidos como Blu-ray, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.

c) Consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales, compra de canciones o álbumes digitales a través de plataformas de venta de música, suscripción para descarga de archivos multimedia (los conocidos como podcasts), suscripciones a videojuegos en la nube o en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.

Requisitos:

a) Cumplir dieciocho años durante el año 2023.

b) Poseer la nacionalidad española o residencia legal en España.

Podrán ser igualmente beneficiarias aquellas personas que sean solicitantes de asilo en España, que no cumplen los requisitos de nacionalidad y residencia exigidos en la letra b) del apartado anterior, mediante la presentación de la documentación acreditativa prevista en el artículo 18.1.a) de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

También podrán ser beneficiarias aquellas personas solicitantes de protección temporal de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas.

No se exigirá el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiario, atendiendo a la naturaleza de la presente ayuda.

La adquisición de la condición de beneficiario de las ayudas del Bono Cultural Joven supone la aceptación de las condiciones del programa que se recogen en las presentes normas reguladoras y en la convocatoria de las ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 70
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 18/07/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 171
Documento: Bases y Anexos 2022 Descargar Documento
Boletín: 25/07/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 177
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/07/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 177
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 14/09/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 221
Documento: Modificación Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 20/09/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 226
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 11/10/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 244
Documento: Ampliación Plazo Descargar Documento
Boletín: 20/10/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 252
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 22/10/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 254
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 07/02/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 32
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 22/03/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 69
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 13/06/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 140
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 13/06/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 140
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 27/09/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 231
Documento: Ampliación Plazo Descargar Documento