Programa «Auzolandegiak» de Campos de Voluntariado Juvenil de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en 2021.

Código de ayuda:

S09591/21

Norma:

ORDEN de 18 de marzo de 2021.

Plazo de Solicitud:

Del 1 de abril hasta el 21 de abril, ambos inclusive.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden establecer las normas de la convocatoria de plazas del programa «Auzolandegiak» de campos de voluntariado juvenil de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en 2021.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Estar empadronado o empadronada en un municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi con anterioridad a la publicación de la presente Orden en el BOPV.

b) En el caso de personas extracomunitarias, estar en posesión del correspondiente permiso de residencia, así como estar empadronado o empadronada en un municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi con anterioridad a la publicación de la presente Orden en el BOPV.

c) Tener la edad indicada para el campo de voluntariado juvenil solicitado el día de inicio del campo.

d) Tener el consentimiento de quien ejerza la patria potestad o tutela, en el caso de personas no emancipadas en el momento de realizar la solicitud.

e) Haber realizado la solicitud y la inscripción en el tiempo y forma indicados.

f) Haber satisfecho la cuota de inscripción en el programa «Auzolandegiak» de campos de voluntariado juvenil.

g) En el caso de campos de voluntariado juvenil que contemplen actividades que impliquen contacto con menores, no haber sido condenado por delitos sexuales, lo que deberá acreditarse mediante certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales, o, en caso de personas extranjeras, mediante documento de similar alcance expedido por su país de origen. En caso de no existir, certificado de antecedentes penales en el que no conste ninguno referente a delitos sexuales.

h) No podrán inscribirse aquellas personas que, habiendo resultado adjudicatarias de plaza en alguna de las tres últimas convocatorias, no hubieran asistido al campo, excepción hecha de aquellas que hubieran comunicado previamente la renuncia de plaza a la Dirección de Juventud del Gobierno Vasco.

i) Las plazas para ser ocupadas por personas con diversidad funcional se reservan a jóvenes con empadronamiento en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 64
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento