Programa Arte/Pyme II: Subvenciones para la realización de proyectos de servicios avanzados de telecomunicación de interés común para las pequeñas y medianas empresas.

Código de ayuda:

S00100/01

Norma:

Orden de 8 de febrero de 2001.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El desarrollo del Programa ARTE-PYME II, para la realización de proyectos de servicios avanzados de telecomunicación, de interés común para las pequeñas y medianas empresas, que faciliten a éstas el desarrollo de actividades coordinadas de creación de redes para el intercambio de conocimientos sobre mejores prácticas y una mayor capacitación para poner en el mercado sus productos a través de medios informáticos y telemáticos (comercio electrónico).

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Ciencia y Tecnología ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el 60 por 100 del coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Habrá una aportación mínima del 40 por ciento del coste de los conceptos elegibles del proyecto por parte de la entidad promotora.

En ningún caso las ayudas podrán superar el importe máximo total de ayuda «de minimis», actualmente establecido en 100.000 euros durante un período de tres años para una misma empresa, conforme establece el Reglamento (CE) 69/2001, ni el resultante de las normas comunitarias sobre acumulación de ayudas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las organizaciones públicas o privadas, cualquiera que sea su estatuto fundacional, con personalidad jurídica propia que, sin ánimo de lucro, tengan la finalidad de prestar servicios de apoyo a las pequeñas y medianas empresas, mediante la realización de proyectos comunes de asistencia o la promoción de servicios que contribuyan a la promoción y mejora de la competitividad de la PYME.

b) Agrupaciones de interés económico de empresas que cumplan la finalidad del párrafo anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos dirigidos a impulsar la incorporación, por las Pequeñas y Medianas Empresas españolas, de las modernas tecnologías de la información y las comunicaciones para optimizar tanto los sistemas internos de organización y producción como sus relaciones con proveedores y clientes, a fin de facilitar su adaptación al mercado internacional y específicamente aquellos cuyos objetivos se identifiquen con alguno de los expresados a continuación:

a) Realización de análisis, estudios y cualquier otra forma de asesoramiento técnico-económico que permita conocer la viabilidad y oportunidad de llevar a cabo actuaciones concretas de introducción de Servicios Avanzados de Telecomunicación de interés para las PYMES.

b) Promoción del uso de los Servicios Avanzados de Telecomunicación, en el ámbito de las PYMES, mediante acciones que demuestren su utilidad, animen a su utilización y mejoren su conocimiento, tales como realización de exposiciones, seminarios, demostraciones, elaboración y distribución de materiales de divulgación, y entrenamiento de gestores y usuarios.

c) Implantación y potenciación de Centros de Servicios Avanzados de Telecomunicación que respondan a las necesidades demandadas por las PYMES; desarrollo y adquisición de aplicaciones, programas y productos telemáticos, y equipamiento de comunicaciones del Centro y medios de acceso.

d) Realización de experiencias piloto, de duración y ámbito reducido, que permitan demostrar el grado de viabilidad técnica y económica de la implantación de Servicios Avanzados de Telecomunicación orientados a satisfacer las necesidades de las PYMES.

Requisitos:

Tendrán consideración de PYME las empresas que cumplan los siguientes criterios:

1. Tener una plantilla inferior a 250 trabajadores.
La plantilla se obtendrá por la media mensual habida durante los doce últimos meses y se considerará tanto el personal con carácter fijo como el discontinuo.

2. Tener una cifra de negocio anual no superior a 40.000.000 de euros, o bien un Balance general no superior a 27.000.000 de euros.

3. No estar participada, en un 25 por 100 o más de su capital o de sus derechos de voto, por otras que no reúnan los requisitos anteriores, salvo que sean sociedades públicas sin participación, sociedades de capital riesgo o inversores institucionales, siempre que éstas no ejerzan, individual o conjuntamente, ningún control sobre la empresa.

Documentos asociados

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