Programa "Acceso a Internet y Movilidad con Wi-Fi" de apoyo para la instalación de redes inalámbricas con tecnología WIFI en lugares públicos al objeto de facilitar el acceso a Internet.

Código de ayuda:

S26519/03

Norma:

Anuncio de 24 de febrero de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Programa "Acceso a Internet y Movilidad con Wi-Fi" tiene como objeto facilitar el acceso a Internet en lugares públicos que dispongan de una red inalámbrica WIFI a todas aquellas personas que dispongan de ordenadores portátiles o PDA (que lleven incorporada una tarjeta WI-FI). Estas redes se forman mediante la instalación de antenas que emiten en la banda de 2,5 GHz permitiendo el acceso a Internet en banda ancha (hasta 54 Mbps).
La distancia máxima a la antena para acceder a la red se sitúa en torno a los 300 metros y los puntos de acceso se conocen como Hot Spot (punto de acceso o punto caliente).

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI) (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Una subvención del 100% del coste de los elementos susceptibles de subvención.

Cada beneficiario solo podrá presentar una solicitud de ayuda por cada centro de actividad (ubicación física dentro de la CAPV) durante la vigencia de este programa. En lo referente a la cuantía máxima de la subvención por proyecto, se establecen los siguientes criterios:
- Para beneficiarios que dispongan de zonas comunes de acceso público, abiertas al transito de personas (desde donde se prevé dar cobertura WIFI), con una superficie inferior a 500 m2, la subvención máxima ascenderá a 2.000 euros.
- Para beneficiarios que dispongan de zonas comunes de acceso público, abiertas al transito de personas (desde donde se prevé dar cobertura WIFI), con una superficie igual o superior a 500 m2, la subvención máxima ascenderá a 3.000 euros.

Las empresas y/u organismos solicitantes tendrán la obligación de comunicar a SPRI, S.A. cualquier solicitud u obtención de subvención o ayuda referida al mismo proyecto. En caso de que no se haga esta comunicación se reclamará la devolución inmediata de la subvención concedida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que realicen actividad económica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– El montaje y la adquisición de antenas y otro equipamiento necesario para la instalación de redes inalámbricas con tecnología WIFI ubicadas dentro de la CAPV.
2.– Los gastos derivados del estudio necesario para la instalación de las redes WIFI realizado por una empresa externa, ajena a la empresa beneficiaria.

Solamente serán consideradas como subvencionables las instalaciones WIFI que den servicio a personas en transito por las instalaciones del beneficiario, no considerándose subvencionable la parte de la instalación que pudiera dar conectividad a las personas de la propia empresa beneficiaria.

Requisitos:

1.– Que dispongan en la CAPV de lugares de acceso público al transito de personas que sean usuarios potenciales de dispositivos tales como ordenadores portátiles o PDA, siempre que estos lugares dispongan de zonas de espera o similares acondicionados para poder trabajar con estos dispositivos. Estos lugares deberán estar encuadrados en centros tales como: Palacios de Congresos, Palacios de Justicia, Aeropuertos, Estaciones de ferrocarril, metro o autobuses, Universidades, Cámaras de Comercio, Ferias de Muestras, Parques Tecnológicos y Hoteles.
2.– Que tengan su domicilio social en la CAPV o que al menos un centro de actividad esté ubicado en la CAPV.
3.– Que destinen la red inalámbrica Wifi a facilitar la conectividad a Internet de las personas que están en transito por sus instalaciones.
4.– Que acrediten disponer de conectividad a Internet en la red Wifi y que garanticen la conectividad a los usuarios en condiciones de velocidad en banda ancha y de forma gratuita durante al menos 1 año a partir de la fecha de entrada en funcionamiento de la instalación.
5.– Que se comprometa a indicar en un lugar visible y conforme a los formatos facilitados por SPRI, que los usuarios se encuentran en una zona Wifi, de acceso gratuito, patrocinada por el Plan Euskadi en la Sociedad de la Información, pudiendo insertar la información adicional que SPRI considere oportuna en relación directa con este programa.
6.– Que tengan su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, así como para con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI.
7.– Que se encuentren dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Documentos asociados

Boletín: 16/04/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 76
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/03/2004
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 44
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 31/08/2004
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 166
Documento: Modificación Descargar Documento