Programa ARINSER de Ayudas económicas para la integración socio-laboral de colectivos en situación oriesgo de exclusión y modificaciones.

Código de ayuda:

S10028/06

Norma:

DECRETO 37/2006, de 7 de febrero. ORDEN de 14 de marzo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Según el tipo de acción subvencionable, hasta el 2 de junio o 2 de octubre de 2006.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Potenciar la inserción socio-laboral de personas en situación o grave riesgo de exclusión social, a través de su contratación por empresas de inserción laboral dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

No obstante, el objetivo último del trabajo de estas personas en las empresas de inserción laboral, es lograr su integración en el mercado laboral ordinario, para lo cual, la empresa de inserción laboral contratante facilitará a sus trabajadores el acceso a la formación y a la orientación a través de las acciones y medidas que considere oportunas.

El Programa ARINSER (Aragón inserta) es el programa público del Gobierno de Aragón que recoge las ayudas y subvenciones establecidas con la finalidad de propiciar la participación en el empleo de aquellos grupos más vulnerables, ofreciéndoles, de este modo, oportunidades de integración a través de empresas de inserción laboral.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Empleo e Industria (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas de inserción laboral, calificadas conforme a lo establecido en el título I de este Decreto, podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en sus artículos 20, 21, 22, 23 y 24 y enunciadas a continuación:
A) Subvenciones por creación de empleo para trabajadores desfavorecidos.
B) Subvenciones por consolidación de procesos de inserción.
C) Subvenciones por inversiones.
D) Subvenciones para asistencia técnica.
E) Subvenciones por la inserción en el mercado de trabajo normalizado.

Las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas que, entre sus actividades, realicen acciones dirigidas a la inserción laboral de personas en riesgo de exclusión social y cuyo objeto social sea, entre otros, la orientación laboral, la formación profesional o la creación de empleo en favor de dichas personas, siendo para ello, socias partícipes en alguna empresa de inserción laboral, podrán ser beneficiarias de la subvención para la contratación de técnicos de inserción regulada en el artículo 25 del presente decreto.

Requisitos:

Las empresas y entidades beneficiarias de alguna de las ayudas previstas en este programa habrán de cumplir los requisitos siguientes:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
b) No haber sido excluidas del acceso a los beneficios de los programas de empleo por sanciones impuestas por la comisión de alguna de las infracciones reguladas en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Documentos asociados

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BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 20
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