Préstamos previstos en el Instrumento financiero préstamos pymes Galicia-programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

Código de ayuda:

S52973/17

Norma:

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2017 o cuando se agote el crédito presupuestario.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto facilitar el acceso al crédito a aquellos proyectos económicamente viables de los sectores vinculados con la estrategia del programa operativo Feder 2014-2020, como son el fomento de inversiones en innovación e investigación, la promoción del espíritu empresarial, el aprovechamiento económico de nuevas ideas y el impulso de la creación de nuevas empresas, así como la promoción del crecimiento y consolidación de las pymes en los mercados regionales, nacionales e internacionales.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establecen las líneas de préstamos directos del Igape y por los importes máximos indicados a continuación para cada una de ellas:

Préstamos IFI Industria 4.0: 24.000.000 €.

Préstamos IFI Emprende: 3.000.000 €.

Préstamos IFI Innova: 3.000.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias aquellas pequeñas o medianas empresas o microempresas, conforme a la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio), que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Realizar una iniciativa empresarial en un centro de trabajo, objeto del proyecto de inversión, localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Cumplir las condiciones establecidas específicamente para la correspondiente modalidad de producto financiero, conforme a los requisitos que se detallan en el anexo 1 de las bases reguladoras.

c) Aportar para el proyecto de inversión una contribución financiera mínima del 25 % del proyecto, exenta de cualquier tipo de apoyo público.

Documentos asociados

Boletín: 30/10/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 206
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/10/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 206
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento