Préstamos por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinados a financiar proyectos empresariales en La Rioja.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S20064/15

Norma:

Orden 8/2015, de 21 de abril. Logroño, a 27 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 30 de junio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de concesión de préstamos al amparo de la Orden 8/2015, de 21 de abril de 2015, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se regula la concesión de préstamos por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinados a financiar proyectos empresariales en La Rioja.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los préstamos a conceder adoptarán la forma de préstamo a tipo de interés variable destinado a financiar con carácter exclusivo el proyecto considerado financiable conforme a los artículos anteriores, cuyas condiciones financieras y de reintegro son las siguientes:

a) Importe del préstamo: El importe mínimo del préstamo será de 50.000 euros y el importe máximo del préstamo no podrá sobrepasar 2.000.000 de euros.
b) Límite del préstamo: El límite máximo del préstamo concedido por la ADER para financiar inversiones podrá alcanzar hasta el 100% del coste del proyecto elegible. En el caso de circulante, el importe máximo no podrá exceder del 100% de las necesidades de circulante.

c) Tipo de interés variable: El tipo de interés aplicable será Euribor a un año más 1,25%.

El Euribor se revisará anualmente conforme se establezca en la resolución de concesión del préstamo.

d) Plazo de carencia: En el caso de préstamos concedidos para inversiones, se podrá establecer un plazo de carencia de amortización del principal con un máximo de 24 meses.

e) Plazo de amortización: El plazo de amortización de los préstamos concedidos para inversiones tendrá una duración mínima de amortización de 24 meses y máxima de 144 meses, incluido el período de carencia.

El plazo de amortización de los préstamos destinados a financiar circulante tendrá una duración mínima de amortización de 24 meses y máxima de 60 meses.

f) Cuotas de amortización: En cuanto a la amortización del préstamo, la devolución se realizará mediante el pago de cuotas con la periodicidad que se fije en la resolución de concesión, que incluirán la amortización y los intereses devengados correspondientes, conforme se establezca en la resolución de concesión del préstamo.

g) Amortización anticipada: El prestatario tiene la facultad de proceder al reembolso total o parcial del préstamo, mediante notificación dirigida a la ADER con un preaviso mínimo de 15 días hábiles.

h) Intereses moratorios: En el caso de retraso en el pago de alguna de las sumas debidas en virtud de las resoluciones adoptadas sobre los préstamos, se devengarán por días naturales sobre la base de un año de 360 días. El tipo de interés aplicable será el interés de demora correspondiente aprobado en la Ley de Presupuestos. Los importes vencidos y no satisfechos se capitalizarán como aumento de capital debido y generarán, a su vez, nuevos réditos al tipo de interés moratorio que resulte del párrafo anterior.

i) Divisa: La moneda utilizada durante toda la vida del préstamo será el Euro.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas con ánimo de lucro, personas físicas o jurídicas, que puedan ser consideradas pequeñas y medianas empresas autónomas (en adelante PYME), o empresas de mediana capitalización autónomas (en adelante MID-CAP), que desarrollen un proyecto de inversión en alguno de sus centros productivos en La Rioja, o, en el caso de proyectos de circulante, éste corresponda a las necesidades de circulante de los centros productivos en La Rioja.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los préstamos financiarán inversiones y gastos realizados por empresas con ánimo de lucro, personas físicas o jurídicas, que puedan ser consideradas PYMES autónomas o MIDCAPS autónomas de los proyectos que contribuyan a su crecimiento y modernización tecnológica, fundamentalmente dentro del sector industrial, y que se consideren elegibles. A estos efectos se define como proyecto elegible:

a) El conjunto de inversiones y gastos tangibles e intangibles que han de ser identificables en términos de ubicación, concepción y beneficios, y se deben llevar a cabo en un período máximo de tres años desde la fecha de la resolución individual de concesión del préstamo.

b) Las necesidades de capital circulante a medio y largo plazo de los centros productivos ubicados en La Rioja.

Las inversiones y los gastos que se pueden financiar como parte del proyecto son los siguientes:

a) La adquisición, renovación o extensión de activos tangibles que no sean terrenos. Se incluyen, entre otros:

- Las traídas y acometidas de servicios, la urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto.

- La edificación de obra civil.

- Los bienes de equipo consistentes en maquinaria de proceso, generadores térmicos, elementos y equipos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control, medios de protección del medio ambiente y medios y equipos de prevención de riesgos laborales.

- Los bienes de equipo necesarios para servicios de electricidad, gas, suministro de agua potable, instalaciones de seguridad, depuración de aguas residuales y otros ligados al proyecto.

- Los estudios previos de viabilidad, los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos.

- Otras inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos informáticos, mobiliario de oficina, utillajes, etc.

b) Las inversiones en activos intangibles, entre los que se pueden incluir:

- Los costes de desarrollo, planificación y financiación durante la fase de construcción de un activo tangible.

- Los gastos de I+D (honorarios, gastos de desarrollo y salarios brutos directamente relacionados con los componentes de investigación, desarrollo e innovación y de la actividad).

- La creación de redes de distribución en los mercados nacionales o extranjeros dentro de la Unión Europea (adquisición de activos o marcas comerciales, costes de explotación y costes de personal).

- La adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos no patentados siempre que reúnan los siguientes requisitos: (i) sean explotados exclusivamente en el establecimiento objeto del préstamo, (ii) se consideren elementos del activo amortizable, (iii) sean adquiridos a un tercero en condiciones de mercado, y (iv) figuren en el activo de la empresa.

c) Las necesidades de capital circulante a medio y largo plazo tal y como se definen a continuación:

Los préstamos se pueden utilizar para proporcionar una base de capital circulante estable que permita a las empresas financiar las obligaciones derivadas de su ciclo comercial como parte de sus actividades normales. Las categorías financiadas pueden incluir, entre otros, los fondos necesarios para pagar materias primas y otros insumos de fabricación, inventarios y costes indirectos, y los fondos para financiar a deudores comerciales y otros créditos no comerciales. La ADER debe proporcionar un préstamo de al menos dos años para financiar el capital circulante que refleje una necesidad financiera a largo plazo de la empresa.

Documentos asociados

Boletín: 24/04/2015
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 54
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/04/2015
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 57
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento