Préstamos para el fomento de la colaboración del sector empresarial con Universidades y otros Centros Públicos de Investigación en la I+D+I a través de entidades de crédito.

Código de ayuda:

S55746/05

Norma:

ORDEN ECI/3778/2005, de 1 de diciembre. RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/12/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del procedimiento de selección de una entidad de crédito para participar activamente en el fomento de la colaboración del sector empresarial con Universidades y otros Centros Públicos de Investigación en la I+D+I.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación y Ciencia ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe fijo individual de los préstamos será:
a) una cuantía fija de 6.000 euros para las acciones 1.1 y 1.2 del apartado anterior y
b) de hasta el 100% de la inversión financiable, con un máximo de 100.000 € para el resto de las acciones descritas en el apartado anterior.

Se aplicará a los préstamos un período de amortización de tres años, incluido un año de carencia; la liquidación se efectuará por cuotas anuales de amortización.
La amortización de préstamo, se aplicará el tipo de interés 0%.
Las entidades de crédito no aplicarán gasto alguno a estos préstamos por comisiones de apertura o estudio, exceptuando los gastos correspondientes a la intervención ante fedatario público de la póliza de préstamo, que correrá a cargo del prestatario.
Las entidades de crédito no podrán pedir garantías dinerarias o hipotecarias.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán presentar propuestas las entidades de crédito y las agrupaciones, federaciones o confederaciones de entidades de crédito.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Para participar en la presente convocatoria, las entidades de crédito interesadas deberán ajustar sus solicitudes a las siguientes obligaciones:
1. Comprometerse a poner los préstamos a disposición de las pymes para las siguientes iniciativas:
1.1 Gastos de preparación de propuestas de proyectos cooperativos con Universidades o Centros Públicos de I+D, nacionales o extranjeros, que vayan a concurrir a convocatorias de ayudas nacionales o europeas 1.2 Gastos de preparación de ofertas para concurrir conjuntamente con Universidades o Centros Públicos de I+D a proyectos de grandes y medianas instalaciones científicas, nacionales o internacionales.
1.3 Contratos de colaboración con Universidades celebrados al amparo del Art. 83 de la Ley Orgánica de Universidades.
1.4 Convenios de colaboración con Centros Públicos de Investigación celebrados al amparo del Art. 15 de la Ley de Ciencia.
1.5 Contratos de colaboración con Empresas de Base Tecnológica promovidas por la Universidad o los Centros Públicos de I+D.
1.6 Contratos de colaboración con fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro promovidas por Universidades o Centros Públicos de I+D.
1.7 Gastos incurridos para la solicitud de patentes u otras formas de protección de la propiedad intelectual, o de extensión de la cobertura internacional de las mismas, que se generen como resultado de proyectos conjuntos con las Universidades o los Centros Públicos de I+D.
1.8 Gastos relacionados con la adquisición de licencias para la explotación comercial de invenciones y tecnologías desarrolladas en Universidades o Centros Públicos de I+D.

Requisitos:

1. Deberán contar con una amplia red de sucursales, distribuidas en todo el territorio nacional, que abarque todas las poblaciones españolas de mas de 25.000 habitantes para facilitar la solicitud de los préstamos.
2. Deberán acreditar una amplia estructura organizativa de colaboración y apoyo a las pymes en todo el territorio nacional para poder promocionar adecuadamente la línea de actividad de préstamos para el fomento de la colaboración del sector empresarial con Universidades y otros Centros Públicos de Investigación en la I+D+I.
3. Las entidades de crédito no podrán estar incursas en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, que aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de 1 de marzo, acreditándolo mediante declaración responsable.
4. Deberán acreditar de su inscripción en el Registro de Entidades de Crédito del Banco de España.
5. Deberán acreditar que se encuentran al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, presentando los correspondientes certificados en original, expedidos directamente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería de la Seguridad Social, de acuerdo con las Órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 28 de abril de 1986 y 25 de noviembre de 1987.

Documentos asociados

Boletín: 03/12/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 289
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/12/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 289
Documento: Convocatoria y Solicitud Descargar Documento