Prestaciones economicas individualizadas por acogimiento familiar de menores, simple o permanente.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S51055/11

Norma:

ORDEN 7/2011, de 23 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

a) Hasta el 30/12/2012; b) Hasta el 05/01/2012; Consultar excepciones.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar, en el año 2012, las prestaciones económicas individualizadas de acogimiento familiar formalizado.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Justicia y Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a)La persona o personas físicas que reciban a un menor en acogimiento familiar simple o permanente por resolución administrativa de las direcciones territoriales de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, en virtud de
una vinculación previa basada en una relación de parentesco, amistad, vecindad o vinculación especial.

b)La persona o personas físicas, inscritas en el Registro de Familias Educadoras de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, que reciban a un menor o menores en virtud de resolución administrativa de acogimiento familiar simple o permanente dictada por la correspondiente dirección territorial de dicha conselleria.

c)La persona o personas físicas que figuren inscritas en el Registro de Familias Educadoras de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social con anotación de su aptitud como Familia Educadora de Urgencia–Diagnóstico o Familia Educadora Especializada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Prestaciones económicas individualizadas por acogimiento familiar simple o permanente en familia extensa o afín (capítulo I), con asunción de tutela y/o guarda por parte de la Generalitat.

b) Prestaciones económicas individualizadas por acogimiento familiar simple o permanente en familia educadora (capítulo II).

c) Prestaciones económicas individualizadas por acogimiento familiar especializado (capítulo III).

Documentos asociados

Boletín: 05/12/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6665
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento