Prestaciones economicas directas a personas y/o familias en situacion de emergencia social durante el año 2015.

Código de ayuda:

S54382/14

Norma:

Berriozar, 25 de noviembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Siempre que se mantenga la consignación presupuestaria, abarcará todo el año 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollar el procedimiento para la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales, en régimen de evaluación individualizada.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de Ansoáin, Berrioplano, Berriozar, Iza y Juslapeña (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las familias demandantes de estas ayudas económicas podrán beneficiarse a lo largo de un año natural por todos los conceptos y mientras exista consignación presupuestaria, hasta un máximo para el año 2015 de 1.000 euros.

La cuantía máxima de la ayuda aplicable a cada solicitud quedará determinada por:

–Los recursos económicos de la unidad de convivencia y la estabilidad de dichos recursos.

–La cuantía máxima establecida para cada concepto y expresada en la base 5.ª

–El importe solicitado.

El rendimiento neto mensual se obtendrá de descontar a los ingresos brutos de la unidad de convivencia los gastos de vivienda, alquiler o hipoteca (con un límite mensual de 450,00 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas individuales o unidades de convivencia que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Manutención.

2. Alojamiento.

3. Mantenimiento de la vivienda habitual del solicitante.


Requisitos:

1.–Vecindad en cualquiera de los municipios que componen esta Mancomunidad y encontrarse empadronadas en los mismos con un mínimo de un año de antigüedad.

2.–Ser personas usuarias de los servicios sociales de base de esta Mancomunidad y estar implicados/as en un proceso de intervención social.

3.–Carecer de medios económicos propios suficientes y faltos de una apoyatura sociofamiliar con la que hacer frente a la situación planteada.

4.–Que no estén contemplados en las ayudas extraordinarias del Gobierno de Navarra. En el supuesto de que si lo estén deberán solicitar las ayudas / recursos existentes para los mismos conceptos en otros ámbitos de la Administración a tal efecto.

5.–Presentar una situación sobrevenida por una fuerza mayor e involuntaria como:

–Separaciones y abandono del domicilio familiar.

–Períodos de espera a una alternativa derivada de gastos extraordinarios justificados, enfermedades, no resultando ser la situación central, objeto de la prestación solicitada.

–Crisis económicas no previstas en economías estables: separaciones, enfermedades, deudas justificadas derivadas de situaciones extraordinarias.

6.–Estar al corriente de pago de cualquier tipo de obligación tributaria u otras de carácter municipal o local con cualesquiera de los municipios que componen esta Mancomunidad, así como con la propia Mancomunidad y en caso contrario, se exigirá compromiso de pago aplazado de la misma.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 246
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento