Prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero, para el año 2019.

Código de ayuda:

S01373/19

Norma:

Decreto 222/2003, de 30 de septiembre. RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de abril de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto convocar prestaciones económicas a Centros Vascos para atender durante el año 2019 necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 del Decreto 222/2003, de 30 de septiembre.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los Centros Vascos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de los miembros de las Colectividades Vascas.

Documentos asociados

Boletín: 10/10/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 198
Documento: DECRETO 222/2003, de 30 de septiembre Descargar Documento
Boletín: 28/12/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 249
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento