Premios Participa-Acción.

Código de ayuda:

S49182/21

Norma:

ORDEN 5/2021, de 17 septiembre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Crear los Premios Participa-Acción y el establecimiento de las bases reguladoras para su concesión, incluidas como anexo de esta orden.

Destacar proyectos ejecutados en el territorio de la Comunitat Valenciana por entidades locales, entidades
ciudadanas y ciudadanía, que aporten valor e innovación a favor de la participación ciudadana y del fomento del asociacionismo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Premios

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los premios consistirán en un diploma acreditativo del reconocimiento recibido y una dotación económica que se establecerá en la correspondiente convocatoria, de acuerdo con el crédito disponible en cada ejercicio.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Entidades locales cuyo ámbito territorial sea inferior al provincial.

Entidades ciudadanas.

Ciudadanía.

Requisitos:

Entidades locales: municipios, mancomunidades y otras fórmulas asociativas, reguladas en la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de régimen local de la Comunitat Valenciana, de ámbito inferior
al provincial.

Para ser beneficiarias, las entidades locales deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Locales de la Comunitat Valenciana, desarrollado por el Decreto 15/2011, de 18 de febrero, del Consell, por el
que se regula el Registro de Entidades Locales de la Comunitat Valenciana.

Entidades ciudadanas: federaciones, confederaciones, asociaciones y fundaciones de la Comunitat Valenciana con sede o delegación estable en la misma. Serán requisitos los siguientes:

a) Estar inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones o en el Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunitat Valenciana o en aquellos registros especiales, establecidos por la normativa vigente.

b) Estar adaptadas, en el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones, al ámbito de aplicación de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación y en el caso de fundaciones a la Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de fundaciones (para fundaciones de la Comunitat Valenciana) o a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones (para fundaciones de ámbito estatal).

Ciudadanía: personas que gocen de la condición política de valencianos y valencianas de acuerdo al concepto recogido en el artículo 3.1 del Estatuto de Autonomía (todos los ciudadanos españoles que tengan
o adquieran vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunitat Valenciana).

Las entidades y personas beneficiarias han de tener como ámbito de actuación territorial el de la Comunitat Valenciana.

No podrán ser beneficiarias de estos premios las personas, físicas o jurídicas, en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, general de subvenciones (en adelante LGS).

Documentos asociados

Boletín: 27/09/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9182
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento