Premio Emprendedoras 2020 del Ayuntamiento de Madrid.

Código de ayuda:

S06100/20

Norma:

Decreto de 31 de enero 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de marzo de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 15.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El “Premio Emprendedoras 2020” es una de las líneas de reconocimiento del Ayuntamiento de Madrid al trabajo de las mujeres emprendedoras. El objetivo principal de este premio es contribuir al reconocimiento de proyectos originales, creativos e innovadores acometidos por mujeres para promover e impulsar el emprendimiento femenino, así como la generación de empleo e incremento de la actividad económica del país, contribuyendo a eliminar la brecha de género existente.

Para la puesta en marcha y el desarrollo de esta convocatoria, el Ayuntamiento de Madrid contará con la colaboración de diferentes entidades privadas como Womenalia, la Asociación Española de Mujeres Empresarias de Madrid (ASEME), la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM), la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) y Onda Madrid.

El “Premio Emprendedoras 2020” tiene dos categorías: Premio Empresa 2020 y Premio Emprendedoras Universitarias 2020.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Premios

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total del premio asciende a 18.000 euros, desglosado de la siguiente manera: en la categoría de Empresa 2020 habrá un primer premio de 15.000 euros y un segundo premio de 2.000 euros. En la categoría de Universitarias Emprendedoras 2020 habrá un único premio de 1.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

Podrán participar en la convocatoria de la categoría Premio Empresa 2020 las personas físicas o jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:

1. Las empresas solicitantes deberán ser pymes según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003, no estarán participadas en su capital por otra mercantil que no esté considerada pyme en más de un 25 por 100, sea cual sea su régimen jurídico en el momento de la solicitud, y con algunas de las siguientes formas jurídicas:

— Persona/as física/as: empresario individual o autónomo, emprendedor de responsabilidad limitada, comunidades de bienes y sociedades civiles.

— Personas jurídicas: sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad limitada nueva empresa, sociedad limitada laboral, cooperativas y asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular y con una participación mayoritaria de mujeres (al menos el 55 por 100) en el capital social y administración.

2. Haber iniciado su actividad empresarial a partir del 1 de enero de 2015. Se admitirán las solicitudes de aquellas empresas creadas con anterioridad a esta fecha, siempre que al premio se presenten con una nueva línea de negocio y quede debidamente acreditado que esta se ha iniciado entre el 1 de enero de 2015 y el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

3. Disponer de un proyecto empresarial que sea original, creativo, disruptivo e innovador, con o sin base tecnológica, orientado a cubrir necesidades en diferentes ámbitos (medioambiente, salud y bienestar, gastronomía, educación, comercio, moda, finanzas, comercio electrónico, turismo, industria, infraestructuras, logística, energía, etc.), siempre y cuando todas o alguna de las fases del proceso de producción y/o comercialización se estén llevando a cabo en el municipio de Madrid.

4. Contar con un prototipo de producto o servicio probado y testado, con resultados ya medidos o medibles.

Podrán participar en la convocatoria de la categoría Premio Empresa 2020 las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

1. Ser mujer mayor de 18 años o un colectivo de personas mayores de dieciocho años, siempre que la participación femenina constituya al menos el 55 por 100 del mismo.

2. Que la persona participante o todas las personas integrantes del equipo estén cursando estudios universitarios en alguna universidad pública o privada de la Comunidad de Madrid en el curso 2019/2020.

3. Disponer de una idea de negocio que sea original, creativa e innovadora, y en la que esté previsto que todas o alguna de las fases del proceso de producción y/o comercialización se lleve a cabo en el municipio de Madrid.

Las candidatas a la categoría emprendedoras universitarias podrán presentar más de una idea a estos premios, siempre y cuando dichas ideas cumplan con los requisitos establecidos. A dichos efectos, deberán rellenar una solicitud por cada candidatura que decidieran presentar.

Con carácter general, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 y en la disposición adicional primera de la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, podrán acceder a la condición de beneficiarias del “Premio Emprendedoras 2020” aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 12/02/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 36
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 12/02/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 36
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento