Plan de ayudas a la compra y/o instalación de receptores de TDT y a la adaptación de las instalaciones colectivas de recepción de televisión en los edificios para la recepción de la señal de la Televisión Digital Terrestre en Soria y modificaciones.

Código de ayuda:

S06828/07

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/08/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular los incentivos de la entidad pública empresarial red.es para la adquisición por parte los ciudadanos residentes en el Ambito Territorial de descodificadores que permitan la recepción de la señal de la TDT (en adelante «receptores de TDT») en su domicilio, para su instalación y para la adaptación de las instalaciones colectivas de recepción de televisión en los edificios pertenecientes a comunidades de propietarios situadas en el Ámbito Territorial.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas que, teniendo su residencia habitual en el Ambito Territorial, adquieran y, en su caso, instalen en su domicilio un receptor de TDT con las características técnicas indicadas en el artículo 5.1.

b) Las comunidades de propietarios de edificios situados en el Ambito Territorial que adapten su instalación
colectiva de recepción de televisión para la recepción de la señal TDT.

Únicamente podrán solicitarse los incentivos regulados en las presentes bases, con el límite de una adquisición y, en su caso, instalación de un receptor de TDT por domicilio y de una adaptación de instalación colectiva de recepción de televisión por edificio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los incentivos previstos en las presentes bases están destinados a financiar parcialmente la adquisición de receptores de TDT, su instalación en los domicilios, y la adaptación de las instalaciones colectivas de recepción de televisión en los edificios para permitir la recepción de la señal de la TDT en el Ambito Territorial (en adelante «Actuaciones Incentivables»).

Serán incentivadas las actuaciones referidas en el párrafo anterior realizadas durante el plazo establecido en el artículo 3 por los establecimientos comercializadores y/o instaladores de receptores de TDT y por las empresas o profesionales instaladores que realicen la adaptación de las instalaciones colectivas de recepción de televisión en los edificios establecidos en el Ambito Territorial, que se adhieran al programa.

Quedan excluidas de incentivación aquellas actuaciones que se realicen fuera del plazo antes indicado, las
realizadas en establecimientos o respecto a empresas o profesionales no adheridos, y aquellas en las que no se practique el descuento en el precio que se establece en el artículo 11.1 de las mismas.

Documentos asociados

Boletín: 23/01/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 20
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 15/02/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 40
Documento: Modificación Descargar Documento