Plan de Ayudas a la Iniciativa Social.
Código de ayuda:
S15619/04Norma:
Decreto Foral 46/2004, de 18 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 02/07/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones a asociaciones y entidades que desarrollan su labor dentro del marco de sus competencias en materia de servicios sociales.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Juventud
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Diputación Foral de Guipúzcoa (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Sin especificar.En ningún caso podrá ser de una cuantía tal que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones y ayudas de otras administraciones públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste del programa a desarrollar por la entidad beneficiaria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas sin ánimo de lucro, siempre que el ámbito de actuación del programa sea el Territorio Histórico de Gipuzkoa.En el caso de entidades de ámbito autonómico deberá constar en la solicitud cuántas personas residen en el Territorio Histórico de Gipuzkoa y la designación de una persona de contacto que resida en él.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La financiación de costes de mantenimiento del movimiento asociativo y para el desarrollo de programas específicos en las siguientes líneas de actuación:Línea 1. Infancia en situación de desprotección y juventud.
Línea 2. Lucha contra la discriminación y trabajo a favor de la igualdad de oportunidades.
Línea 3. Empleabilidad de colectivos desfavorecidos.
Línea 4. Minorías étnicas.
Línea 5. Lucha contra la exclusión social.
Línea 6. Inmigración.
Línea 7. Ámbito de las toxicomanías.
Y en general, todas aquellas acciones o actividades dirigidas a trabajar en pro de otras personas o colectivos directamente relacionados con los objetivos del Departamento para los Derechos Humanos, el Empleo y la Inserción Social que redunden en la mejora de la cohesión de la sociedad guipuzcoana.
Aquellas entidades que sean subvencionadas para la realización de programas en los que tomen parte personas voluntarias deberán contemplar en los programas a subvencionar:
—Los gastos de seguros de las personas voluntarias que tomen parte en los programas y en las actividades.
—La compensación de los gastos que puedan tener las personas voluntarias a la hora de cooperar en las actividades del programa.
—Los gastos derivados del acogimiento y formación a las personas voluntarias en el seno de la entidad.
Requisitos:
1. Estar legalmente constituidas.2. Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
3. Haber justificado suficientemente y en los plazos previstos los gastos correspondientes a las subvenciones recibidas con anterioridad desde la Diputación Foral de Gipuzkoa.
4. En su caso, haber presentado la memoria de los programas subvencionados por el Plan de Cooperación Social para mantenimiento y desarrollo de programas en materia de servicios sociales durante el año 2003.