Plan Remonta para la concesión de subvenciones a los municipios de las Comarcas de Jacetania, Alto Gállego, Sobrarbe, Ribagorza y Gúdar-Javalambre, para la contratación de personas desempleadas procedentes del sector de la nieve y afectadas por las restricciones derivadas de la pandemia COVID-19.

Código de ayuda:

S03000/21

Norma:

ORDEN EPE/1525/2021, de 4 de febrero. ORDEN EPE/143/2021, de 10 de marzo.

Plazo de Solicitud:

15 días naturales desde el inicio del contrato.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la contratación de personas desempleadas, inscritas en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón que, por la actual situación, tuviesen dificultades de acceso al mercado laboral de dichas comarcas, afectadas por las restricciones y medidas de prevención adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19, así como por las dificultades para el desarrollo normalizado de otras actividades turísticas y complementarias vinculadas al sector de la nieve.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Planificación y Empleo (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente orden cualquiera de los municipios y entidades locales menores pertenecientes a las comarcas de Jacetania, Alto Gállego, Sobrarbe, Ribagorza o Gúdar-Javalambre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención aquellos contratos laborales que las entidades beneficiarias formalicen con personas desempleadas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 5. Dichos contratos deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Los contratos tendrán una duración mínima de 3 meses y máxima de 5 meses.

b) Se utilizará la modalidad de contrato de obra o servicio determinado.

c) La jornada de trabajo será la que mejor se adapte a las circunstancias concretas de la persona a contratar o de la propia obra o servicio a desarrollar, garantizando en todo caso que dicha jornada no sea inferior al 50% de una jornada a tiempo completo según el convenio colectivo de referencia.

d) El contrato se formalizará por escrito y se incluirá en el mismo una cláusula por la que se informe a la persona contratada de que su contrato de trabajo podrá contar con la financiación del Gobierno de Aragón a través del Instituto Aragonés de Empleo en el marco del Plan Remonta.

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