Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Transportes. Y modificación.

Código de ayuda:

S05155/06

Norma:

ORDEN de 8 de febrero de 2006. ORDEN de 29 de septiembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Se establecerán de diversas convocatorias.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las líneas de subvención que propone la Dirección General de Transportes pretenden la consecución de los siguientes objetivos:

1. Incrementar el número de personas que acceden a la profesión de conductor, facilitándoles la obtención del permiso de conducir profesional y su formación posterior, a la vista de la demanda existente de conductores profesionales y teniendo presente, por otra parte, que la aprobación continua de nuevas normas, cada vez más exigentes, requiere un incremento constante del nivel de formación de los mismos.
2. Favorecer la realización de todo tipo de acciones formativas dirigidas a empresarios y trabajadores del sector del transporte por carretera en general, que, de no ser subvencionadas, no se realizarían debido a su coste.
3. Incrementar el número de vehículos de transporte público (taxis y autobuses de servicios discrecionales o regulares de uso especial), específicamente acondicionados para su uso por personas con movilidad reducida, incluidas las que precisan utilizar silla de ruedas, de modo que puedan de un modo efectivo utilizar dichos transportes.
4. Favorecer el crecimiento del empleo femenino en el sector del transporte, ya sea por cuenta propia o ajena.

El presente plan se circunscribe a actuaciones que se desarrollarán durante el ejercicio 2006, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Vivienda y Administración Local (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

— La actuación dirigida a incrementar el número de conductores profesionales y su formación prevé otorgar una ayuda máxima de 600 euros por persona, con un montante global de 60.000 euros.
— La acción de fomento general de actividades formativas en el sector del transporte por carretera dispondrá de 635.000 euros, previéndose subvencionar el 90 por 100 de los costes de realización de aquellas actividades que resulten elegidas.
Por otra parte, se establece un tope de 40.000 euros como subvención máxima por solicitante.
— A incentivar el número de vehículos de transporte público adaptados se destinan 500.000 euros, 250.000 euros para cada una de las clases (taxis o autobuses), si bien, de existir saldo sobrante en alguna de ellas, este podrá ser utilizado en la otra.
— En el caso de los taxis se otorgará una ayuda individual de 12.000 euros, complementaria de las que conceden otras instituciones. Para los autobuses, por su parte, la ayuda cubrirá el 30 por 100 de los costes de adaptación del vehículo, con un máximo de 12.000 euros.
— El fomento de la incorporación de la mujer a puestos de trabajo vinculados al sector del transporte se efectuará subvencionando hasta el 7,5 por 100 de los costes salariales.
A esta finalidad se dedicarán 75.000 euros.
— Las actuaciones de mejora de la movilidad urbana se subvencionarán en el 60 por 100 de su coste, salvo la implantación de sistemas de transporte en bicicletas, cuya subvención cubrirá el 100 por 100 de su coste. A esta finalidad se destina un total de 600.000 euros.
— Para incentivar las auditorías de eficiencia energética se emplearán 225.000 euros, cubriendo la subvención el 50 por 100 de los gastos, con un máximo de 21.000 euros por auditoría.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y/o jurídicas relacionadas con el objeto del Plan.

Requisitos:

El presente plan se circunscribe a actuaciones que se desarrollarán durante el ejercicio 2006, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

Documentos asociados

Boletín: 02/03/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 52
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/10/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 259
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 03/11/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 262
Documento: Modificación Descargar Documento