Plan «Cantabria en red-Banda Ancha» 2005: Subvenciones para acceso a Internet mediante conexión en alta velocidad.

Código de ayuda:

S11791/05

Norma:

Orden HAC 8/2005, de 16 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/08/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a ciudadanos de Cantabria por la contratación de una conexión nueva a Internet mediante
Banda Ancha dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención destinada a sufragar una parte de la cuota correspondiente a un año, será de 150 euros, máximo, por nueva conexión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los ciudadanos de Cantabria con plena capacidad de obrar que cumplan los requisitos y obligaciones recogidos en la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación de un servicio de acceso a Internet mediante conexión nueva en Banda Ancha en domicilio destinado a vivienda, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante un año, en las condiciones establecidas en las presentes bases, siempre que se formalice a través de cualesquiera de los Operadores que actúan como Entidad Colaboradora en virtud del Convenio de Colaboración establecido al efecto en el marco del Plan Cantabria en Red Banda Ancha 2005.

No serán subvencionables las conexiones o instalaciones realizadas en locales o dependencias dedicadas a la prestación de servicios o actividades profesionales o empresariales.

Requisitos:

a) Instalar en su domicilio en la Comunidad Autónoma de Cantabria un servicio o conexión nueva de Banda Ancha para acceso a Internet en las condiciones establecidas y a partir de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Cantabria y permanecer conectado con el mismo Operador durante un año, como mínimo, a contar desde la fecha de alta de la conexión.
b) Que ningún miembro de los que componen la unidad familiar, incluido el solicitante, se haya dado o se dé de baja de una conexión a Internet mediante Banda Ancha, previamente contratada, durante el año 2005.
c) Realizar la conexión a través de Operadores adheridos al «Plan Cantabria en Red, Banda Ancha 2005», que actúen como Entidades Colaboradoras de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en virtud de convenio de colaboración suscrito al efecto.
d) No ser beneficiario por otra solicitud de subvención en la presente convocatoria.
e) No estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición, para obtener subvenciones, de las establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y más concretamente hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
f) Cumplir con todos los requisitos exigidos y aceptar las condiciones y la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 22/03/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 56
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento