Pagos directos a la agricultura y a la ganaderia a partir de 2015 en el ambito territorial del Principado de Asturias, asi como las subvenciones de las medidas de agroambiente y clima, produccion ecologica e indemnizacion en zonas de montaña y con limitaciones naturales especificas del Programa de Desarrollo Rural del Principado de Asturias 2014/2020.

Código de ayuda:

S16073/15

Norma:

Resolución de 6 de abril de 2015. Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre. Resolución de 15 de abril de 2015. Real Decreto 320/2015, de 24 de abril. Resolución de 5 de junio de 2015. Resolución de 7 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer en Asturias las condiciones para la concesión de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería a partir de 2015 a que se refiere el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, así como las normas de aplicación de los regímenes de ayuda de determinadas submetidas agroambientales y climáticas, de la ayuda de agricultura ecológica y de la ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones significativas, previstas respectivamente en los artículos 28, 29 y 31 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), que forman parte del Programa de Desarrollo Rural del Principado de Asturias 2014/2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos. (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los agricultores y ganaderos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayudas directas:

a) Un pago básico a los agricultores («régimen de pago básico»); y las ayudas relacionadas:

a.1) Un pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.

a.2) Un pago suplementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola.

b) Un régimen simplificado para pequeños agricultores.

c) Un régimen de ayuda asociada voluntaria.

c.1) Ayuda asociada a las legumbres de calidad (faba asturiana y otras variedades en producción ecológica).

c.2) Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.

c.3) Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.

c.4) Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.

c.5) Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.

c.6) Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.

c.7) Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

c.8) Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

c.9) Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

Ayudas de desarrollo rural

Medida 10. Agroambiente y clima.

10.1.1. Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.

10.1.2. Sistemas racionales de pastoreo en superficie de uso común con una producción ganadera sostenible y conservación del paisaje.

Medida 11. Producción ecológica.

11.1.1. Conversión a la Ganadería ecológica.

11.1.2. Conversión a la Agricultura ecológica.

11.1.3. Conversión a la Apicultura ecológica.

11.2.1. Mantenimiento de la Ganadería ecológica.

11.2.2. Mantenimiento de la Agricultura ecológica.

11.2.3. Mantenimiento de la Apicultura ecológica.

Medida 13. Zonas con limitaciones naturales y otras limitaciones específicas.

13.1. Pagos compensatorios en zonas de montaña.

13.2. Pagos compensatorios en zonas distintas de las de montaña con limitaciones naturales significativas.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 307
Documento: Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre. Descargar Documento
Boletín: 08/04/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 80
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 17/04/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 88
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 20/04/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 89
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 25/04/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 99
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 16/06/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 138
Documento: Normas de condicionalidad Descargar Documento
Boletín: 13/12/2016
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 287
Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento